Un jurado popular declaró culpable a Matías Joaquín Falcón por el homicidio de Luciano González Valussi, al entender que el crimen fue cometido con el propósito de provocar sufrimiento a una persona con la que el acusado había mantenido una relación de pareja. El veredicto, unánime, encuadró el hecho como homicidio agravado por femicidio vinculado y fue emitido al finalizar la tercera audiencia del juicio por jurados, desarrollada en el Centro de Estudios Judiciales de Resistencia.
El debate estuvo dirigido por el juez técnico Ernesto Azcona, camarista de la Cámara Tercera en lo Criminal. En representación del Ministerio Público actuó el fiscal de Cámara Sergio Cáceres Olivera; como querellante intervino Alejandro Manuel Varela; y la defensa estuvo a cargo de Olga Mongelós y Leandro García Redondo.
El juicio y el veredicto
El proceso comenzó con la audiencia de voir dire, en la que se seleccionó al jurado, seguida por la lectura de las instrucciones iniciales y los alegatos de apertura. La segunda jornada estuvo dedicada íntegramente a la producción de la prueba, con la declaración de siete testigos. En la última audiencia se escucharon los alegatos de clausura, se impartieron las instrucciones finales y el jurado pasó a deliberar hasta alcanzar su decisión.
Todas las instancias públicas del juicio, instrucciones, alegatos y veredicto, fueron transmitidas en vivo a través del canal de YouTube de la Oficina Judicial Central de Juicio por Jurados del Chaco y quedarán disponibles para su consulta.
De la ruptura a la violencia extrema
Durante el debate quedó reconstruida la secuencia que desembocó en el crimen ocurrido en la madrugada del 29 de agosto de 2024, en una vivienda del barrio Familias Unidas. Según la acusación, el episodio estuvo precedido por una ruptura conflictiva y por conductas de control y celos por parte del imputado.
El fiscal Cáceres Olivera sostuvo que Falcón regresó al domicilio tras una discusión previa, tomó un cuchillo tipo carnicero y atacó a Luciano Valussi, quien se encontraba en el lugar sin intervenir en la pelea. La puñalada fue única, profunda —más de 21 centímetros— y atravesó órganos vitales hasta llegar a la vértebra, provocando una herida mortal. El informe forense indicó que la víctima no presentaba lesiones de defensa, lo que, para la acusación, acreditó que fue sorprendida.
La defensa no negó la autoría material del hecho, pero planteó que existió una situación de agresión previa y solicitó que se valore un exceso en la legítima defensa. Ese planteo fue descartado por el jurado, que dio por acreditado que el ataque tuvo como finalidad causar sufrimiento a la expareja del acusado, lo que configuró el femicidio vinculado.
Un caso que marca un antecedente
Con este veredicto, el caso de Luciano Valussi se convierte en una de las primeras causas de femicidio vinculado juzgadas por un jurado popular en la provincia. La determinación de la pena quedará ahora en manos del juez técnico, en una audiencia posterior. Para estos delitos, la pena es de prisiòn perpetua.