Es sabido que la función de los jueces es hacer justicia y, para eso, se valen de las sentencias, pero su función no es dictar sentencias. De la misma manera, el parlamento no tiene como función sancionar leyes; las leyes son el modo mediante el cual cumple habitualmente su función; pero la función del parlamento es tomar determinaciones políticas en un ámbito que siempre tiene una representatividad superior a la representatividad con que cuenta el Poder Ejecutivo.
Ahora bien, esta tan amplia representatividad implica, obviamente, un abanico ideológico más disperso, una importante heterogeneidad de pensamiento. ¿Cómo se resuelve esta disparidad de criterio para cumplir con esa función que mencioné que es tomar determinaciones políticas? De un modo muy fácil de decir, y muchas veces muy difícil de lograr: poniéndose de acuerdo. Si no hay modo de conseguir un acuerdo, entonces se recurre a la votación que es el último recurso democrático para tomar una decisión cuando no ha sido posible lograr un acuerdo.
Visto así no resulta tan difícil de entender cuál es la función de las reglamentaciones internas de cada cámara. Los constituyentes de 1853 tenían bien claro el tema: la finalidad es ponerse de acuerdo: el reglamento es sólo la herramienta para ello; ergo, que cada cámara elija la herramienta como más le convenga, como más le sirva para lograr el acuerdo. Y aunque parezca una tautología, la herramienta sirve si sirve y si no sirve, no sirve.
Poco importa discutir si la situación actual es un caso de fuerza mayor, o es un caso de gravedad institucional, o si se dan ambas circunstancias. Lo importante es analizar qué puede o qué no puede hacer cada cámara en este aspecto.
Es tiempo del retorno de la justicia
Hoy puede mantenerse una conversación entre muchas personas que estén separadas físicamente por cientos de kilómetros y conectados por dispositivos tecnológicos que posibilitan que lo que una persona habla sea inmediatamente escuchado por las demás; no sólo escucharlo sino también ver su cara y observar sus gestos y expresiones. Es entendible y sin duda gratificante, entonces, que los legisladores hayan logrado resolver este aparente conflicto entre la presencialidad y la virtualidad para el desarrollo de las sesiones.
La tecnología hoy permite una razonable seguridad tanto en la identificación de los legisladores como en la certeza de que quien vota es el legislador. Respecto de lo primero se contará con un sistema de validación de identidad a cargo del Registro Nacional de las Personas (RENAPER). En relación con lo segundo también el sistema garantiza con un margen de error aceptable que quien vota es efectivamente el legislador; si el voto del legislador surge verdaderamente de su voluntad o si se encuentra coaccionado por un soborno o por una extorsión tampoco puede saberse ahora.
Cómo trabaja la Justicia en tiempos de cuarentena
Un tercer elemento importante es asegurar la publicidad de los actos de gobierno. En tal sentido, esa sesión virtual debe ser totalmente pública y accesible por cualquier ciudadano interesado en ver y seguir qué es lo que se va diciendo y discutiendo y cómo se va votando. Los recursos tecnológicos hoy existentes son múltiples y variados; el cuerpo legislativo debería poner a disposición del ciudadano común todos los medios y formas disponibles mediante las que se le posibilite ejercer ese derecho.
Guardo la esperanza de que esta nueva modalidad de sesión permita al Congreso seguir ejerciendo sus funciones en esta situación particularmente crítica
Habría sido mejor, en mi opinión personal, que los legisladores hubieran aprovechado la circunstancia para autoimponerse un incremento en las mayorías necesarias para tomar las distintas decisiones. No hay óbice para alguno que los mismos legisladores se autolimiten en tal sentido: que el grado de acuerdo no sea sólo el mínimo necesario, sino que tienda a ser más amplio lo que, como interesante subproducto, contribuiría muy probablemente a una mayor estabilidad y durabilidad del sistema normativo.
Guardo la esperanza de que esta nueva modalidad de sesión permita al Congreso seguir ejerciendo sus funciones en esta situación particularmente crítica. Y cuando esta tormenta, Dios mediante, haya pasado habrá que volver a reflexionar sobre lo hecho y ver qué provecho podemos sacar de esta circunstancia adversa confiando en que, como reza el dicho español, no hay mal que por bien no venga.
*Profesor de la Diplomatura en Derecho Parlamentario de la Universidad Austral.