OPINIóN
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La Corte Suprema de primera instancia

Corte Suprema de Justicia de la Nación
TALCAHUANO 550. Sede de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. | Cedoc Perfil

Absurdo. Éste es el calificativo que mejor le sienta a la medida cautelar interpuesta por el Juez Federal Edgardo Alonso, solicitada por el diputado nacional Marcelo Casaretto, a efectos de que el Poder Legislativo se expida respecto de la lesión al interés público que conllevaría el cumplimiento del Fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que retrotrae a la integración originaria del Consejo de la Magistratura a veinte miembros. Es absurdo; resulta difícil de creer cómo el control de constitucionalidad difuso que estructura nuestro Poder Judicial, luego de alcanzar su cúspide, vuelve al llano para ser nuevamente analizado por un juez de primera instancia. Es probable que Ud. pregunte por la jerarquía; yo repregunto: ¿De qué jerarquía me habla?

De no poner fin a este tipo de artilugios o, en tal caso, al no lograr el establecimiento de un Consejo de la Magistratura institucionalmente sólido, que se encuentre a la altura de lo que implica garantizar una palpable, concreta y material Justicia independiente, sancionando y/o iniciando los alusivos procedimientos de remoción sobre aquellos magistrados lejanos a lo que implica la magistratura, la Argentina será un país más inviable y complejo de lo que ya es. Nótese que no se detalló el modelo de gobierno de nuestro país, pues la república nunca se materializó. A las claras se aprecia que el equilibrio de poderes es una farsa, letra muerta de la Constitución. El poder político partidario no concibe límites, ergo el balance de poder, en efecto, es un desbalance.

A quince años de la reforma del Consejo, a la distancia y gracias a evidencia empírica, es factible caracterizarla como nociva: las facultades más sensibles del organismo, alusivas a la selección, sanción y remoción de magistrados, fueron afectadas por un Poder Ejecutivo hegemónico, contrario al equilibrio constitucional. Este modelo anti-Republicano de gobierno resultó responsable de múltiples episodios de parálisis que poblaron la Justicia con jueces de “segunda” categoría: más vulnerables al poder de turno y lejanos al ciudadano. No es justo considerar en igualdad de condiciones a un juez subrogante con un par que ha cumplido el precepto de designación constitucional. El acatamiento de los restantes estamentos integrantes del Consejo –académicos, jueces y abogados– el mandato de Corte se desdibuja con el incumplimiento del Poder Legislativo.

Si el significado de la República es la “cosa pública”, el gobierno del pueblo…; y éste no gobierna… ¿Quién lo hace? Gobiernan quienes se atribuyen un poder que les es ajeno. Para construir una democracia moderna, la premisa básica es la igualdad de poderes. Desconocerla, es avanzar en el camino de la autocracia que reemplaza el gobierno de todos por el desgobierno de unos pocos.

*Politólogo y consultor en administración judicial. Magíster (UBA).