OPINIóN
acumulación de erosiones institucionales

Más allá del Consejo de la Magistratura

Consejo de la Magistratura
Día de definiciones en el Consejo de la Magistratura | CEDOC

El Consejo de la Magistratura fue creado en la reforma constitucional de 1994. Tiene tres funciones. Por un lado, administra el presupuesto del Poder Judicial. Por otro lado, participa en la selección de los jueces de los tribunales inferiores a la Corte Suprema en la justicia federal. Para ello, convoca a concursos públicos de oposición para cubrir las vacantes que se produzcan y eleva al Presidente una terna vinculante con los aspirantes que ocupen los primeros lugares en el orden de mérito de aquellos concursos. Y, por último, controla disciplinariamente a esos mismos magistrados, promoviendo su destitución ante otro organismo, denominado Jurado de Enjuiciamiento, cuando ello fuera procedente.

Antes de la reforma, el Presidente designaba a los jueces federales de manera discrecional. Si el Senado prestaba su acuerdo, entonces la persona propuesta por el Presidente recibía el nombramiento. Cuando llegó el momento de reformar la Constitución, se juzgó que este mecanismo no garantizaba la idoneidad técnica de los magistrados federales y que, además, no impedía que un Presidente que contara con mayoría en el Senado designara a sus propios partidarios en la justicia federal. La creación del Consejo venía, si no a solucionar, al menos sí a atenuar estos problemas.

Para ello, el artículo 114 de la Constitución dispuso que el organismo contaría con representación de los órganos políticos resultantes de la elección popular, es decir, los poderes ejecutivo y legislativo, que conforman el “estamento político”, y con representación de los jueces de todas las instancias y los abogados de la matrícula federal, que conforman el “estamento técnico”. Además, sería integrado por otras personas del ámbito académico y científico, que conforman un tercer estamento: el “académico”.

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Lo que se vive hoy en el Consejo de la Magistratura es solo un síntoma de un grave problema estructural

La Constitución estipula que la composición del Consejo debe procurar “el equilibrio” entre los representantes del estamento político y los del estamento técnico. Este equilibrio es el medio para garantizar los fines que se persiguieron con la creación del organismo: asegurar la idoneidad técnica de los magistrados federales y suprimir o reducir la politización de la justicia federal. La idea subyacente es que el estamento técnico atemperaría los apetitos del estamento político procurando elevar ternas de aspirantes por su solvencia jurídica y no por su cercanía a una u otra facción. Dicha moderación también operaría en el ámbito disciplinario. El estamento técnico aseguraría que no se promoverían procedimientos disciplinarios en contra de jueces por razones de persecución política y no por su mal desempeño.

La primera norma legal que reguló el funcionamiento del Consejo de la Magistratura fue la ley 24.937 de diciembre de 1997, prontamente modificada, en enero de 1998, por la ley 24.939. Esa regulación estableció una composición de veinte miembros. Los estamentos político y técnico tenían nueve miembros cada uno y el estamento académico, dos. Sin embargo, en 2006, se sancionó la ley 26.080 que redujo la composición del Consejo a trece miembros, de los cuales siete representaban al estamento político, cinco al estamento técnico y uno al académico. Se dijo entonces que se había roto el equilibrio que imponía la Constitución. Los últimos dieciséis años de la historia del Consejo, casi toda su existencia institucional, consisten en una sucesión de eventos, algunos trágicos, otros bochornosos, que desnudan el desprecio que los actores políticos argentinos exhiben por las instituciones. Por eso, es importante tener en mente que hablar del Consejo es hablar de algo más. La historia del Consejo representa el estado de maltrato institucional al que esos actores someten a nuestra democracia.

No resumiré aquí esa historia. Me limitaré a usar uno de los últimos eventos que la conforman como ejemplo para reflexionar sobre el funcionamiento de nuestras instituciones. Elegiré ese evento recientes no porque sea más grave o bochornoso que los previos, sino porque probablemente el lector lo tendrá en mente con más facilidad. Comenzaré por una idea simple: el funcionamiento ordinario de las instituciones presupone ciertos entendimientos compartidos entre los actores.

Tales entendimientos suelen ser tácitos. Por ejemplo, que los bloques legislativos coinciden aproximadamente con los partidos y alianzas que estructuran el debate público y la oferta electoral. El problema con tales entendimientos es que, cuando son desafiados, las reglas formales son insuficientes para recomponerlos. Si una ley estipula que los representantes del Consejo son propuestos por los presidentes de ciertos “bloques”, entonces dos bloques formalmente constituidos son “bloques” a los efectos de la ley, aun cuando sus miembros pertenezcan al mismo partido o alianza.

Desafiar a uno de esos entendimientos conduce, en ocasiones, a un nuevo entendimiento. De ese modo, la institución puede adquirir un nuevo significado para nosotros y, con ello, quizás tenga una renovada vitalidad. Pero también puede ocurrir que la historia no tenga final feliz. Si los actores usan las formas institucionales desafiando los entendimientos tácitos permanentemente, entonces esas formas pierden su significado y se convierten en cáscaras vacías. El manoseo constante al Consejo durante la última década y media lo convirtió en eso: una cáscara vacía, una forma sin sustancia. En lugar de ser un ámbito en el que el estamento técnico atempera y modera a la lucha facciosa, el Consejo se convirtió en un escenario más de esa lucha. Entre otras cosas porque los propios integrantes del estamento técnico se alinearon alegremente con las dos facciones.

Cuando las instituciones se convierten en cáscaras vacías dejan de ser creíbles. En ese momento, ganan popularidad las propuestas “anti-política y anti-sistema”. Los sistemas institucionales mueren una muerte lenta por la erosión permanente que sus propios actores llevan adelante al desafiar los entendimientos que están presupuestos en las instituciones. Por eso, lo importante no es quién empezó, quién fue el primero que desafió los entendimientos compartidos. Lo importante es cómo lo terminamos.

Cómo reconstruimos esos entendimientos, cómo les volvemos a dar significado a las instituciones para que sean creíbles para la sociedad. Probablemente, conseguir ese objetivo va a requerir una genuina movilización ciudadana que ponga en marcha el diálogo entre iguales al que suele aludir el profesor Roberto Gargarella.

En síntesis, la situación crítica que hoy se vive con el Consejo de la Magistratura es tan solo un síntoma de un problema estructural bastante grave. Probablemente, dejaremos esta crisis coyuntural atrás. Pero el daño provocado por la erosión al sistema institucional sigue y seguirá acumulándose. ¿Vamos a hacer algo al respecto?

 

*Abogado y profesor de Derecho Constitucional.