OPINIóN
Lenguaje claro

¿Pueden incluirse imágenes en las sentencias?

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Tribunales. El Poder Judicial vuelve a estar en la mira con los proyectos de reforma. | cedoc

Desde cierto punto de vista, los poderes judiciales pueden considerarse complejos sistemas de producción discursiva. Un tribunal solo puede poner fin a un conflicto de derechos si emite un documento escrito, llamado sentencia, que expresa verbalmente la decisión judicial. Sin embargo, hay un elemento central de la elaboración de textos que ha sido sistemáticamente omitido por los enunciadores jurídicos: el diseño documental.

Si comparamos un periódico impreso en el siglo XIX con un diario actual, encontraremos diferencias evidentes: nueva tipografía, incremento del peso visual de la titulación, más imágenes, uso del color. Sin embargo, una sentencia decimonónica y un fallo emitido hoy no presentan contrastes significativos desde el punto de vista del diseño. Apenas podrá advertirse el uso de marcas gráficas (letras negritas y cursivas), el empleo de paratextos (subtítulos o notas al pie de página), espacio entre líneas y poco más. Casi no hubo avances en el diseño de documentos jurídicos en los últimos dos siglos.

Alguien podría alegar que el discurso jurídico se basa principalmente en expresiones lingüísticas (testimonios, leyes, jurisprudencia) y que, por ese motivo, puede prescindir de las otras materias significantes y limitarse a usar signos lingüísticos. Sin embargo, los expedientes judiciales están llenos de fotos, croquis, planos, radiografías, ecografías, tablas, gráficos. ¿Por qué estas pruebas legalmente incorporadas a los expedientes no aparecen reproducidas en las resoluciones? ¿Hay leyes que lo prohíban? ¿Hay algún tipo de prejuicio respecto de las imágenes?

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En realidad, existe una concepción linguocéntrica de la enunciación jurídica, que privilegia el uso de la materia verbal por encima de cualquier otro recurso; en particular, de las imágenes. A menudo, los tribunales emplean un procedimiento denominado “écfrasis”, que consiste en traducir un texto visual en uno escrito. En lugar de usar un croquis en una sentencia que dirime un accidente de tránsito, se describe con palabras la circulación de los vehículos, su posición en la calzada, la ubicación de los peatones, el estado de los semáforos, las consecuencias del impacto. ¿Pero la incorporación del gráfico no aportaría más claridad a estos relatos? ¿Las fotografías no ayudarían a comprender mejor por qué el tribunal adoptó determinada decisión?

Algunos tribunales utilizan imágenes en sus resoluciones para facilitar la comprensión

Por supuesto, esta opción hubiera sido absurda hace algunas décadas, cuando los fallos se tipeaban en máquinas de escribir Lexikon 80 u Olivetti Lettera. Pero, desde principios de siglo, los tribunales utilizan procesadores de texto que admiten la posibilidad de insertar imágenes en los documentos.

En todo caso, la principal dificultad radica en compatibilizar estos recursos gráficos con las plataformas que emplean los poderes judiciales para gestionar el expediente digital. Algunos sistemas de administración de causas no prevén la posibilidad de añadir archivos en formato JPG o PNG. Pero este escollo obedece más a una imprevisión que a una auténtica imposibilidad técnica.

Pese a este contexto, algunos tribunales de la región están comenzando a utilizar imágenes en sus resoluciones para facilitar la comprensión de los argumentos. En España, los juzgados que entienden en pleitos sobre marcas y patentes recurren con regularidad a las imágenes. Y es razonable porque, a fin de cuentas, lo que está en discusión es un ícono.

Hace unas semanas, un tribunal argentino insertó fotografías en la sentencia que condenó por homicidio culposo a un empresario teatral, que fue declarado responsable en la muerte por electrocución de un músico durante una prueba de sonido. En el fallo, el camarista Luis Miguel Nassiz explicó que tales imágenes facilitaban la comprensión de las condiciones en que estaba el tablero eléctrico de la sala donde ocurrió el accidente. Y agregó que adoptó esta decisión “dentro de las iniciativas relacionadas con la lectura clara de las resoluciones judiciales”.

Indudablemente, este tipo de estrategias discursivas allanan la comprensión de las decisiones judiciales por parte de la ciudadanía y potencian así la difusión de derechos más allá de los límites del campo jurídico. Solo hace falta usar la imaginación y animarse a innovar.

*Doctor en Semiótica.
Licenciado en Comunicación Social.
Coordinador del Comité de Lenguaje Claro y Lectura Fácil del Poder Judicial de Córdoba.