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Secuelas de la película ‘Argentina, 1985’

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Debate. El film de Santiago Mitre, con Darín y Lanzani, dispara discusiones y fue preseleccionado para el Oscar. | cedoc

El reciente éxito cinematográfico sobre el juicio a las juntas militares que gobernaron desde 1976 a 1983 nos dejó no pocas interesantes reflexiones, a raíz de manifestaciones de algunos de los condenados, abogados defensores y allegados a ellos. Me detendré a dar una interpretación de tres aseveraciones que considero totalmente erróneas.

El golpe de Estado de 1976 se autodenominó Proceso de Reorganización Nacional (PRN) y no fue similar a los anteriores. Como respuesta al accionar de bandas criminales de terroristas armados, se inició el más funesto y degradante período de nuestra historia reciente. En febrero de 1975, el Poder Ejecutivo Nacional (PEN) dictó el Decreto 261: “El Ejército (…) procederá a ejecutar las operaciones que sean necesarias a efectos de neutralizar y/o aniquilar el accionar de los elementos subversivos que actúan en la provincia de Tucumán”. En octubre de 1975, en ejercicio del PEN, Ítalo Luder promulgó el Decreto 2772: “Las Fuerzas Armadas (FF.AA.) procederán a ejecutar las operaciones militares y de seguridad que sean necesarias a los efectos de aniquilar el accionar de los elementos subversivos en todo el país”. Las fuerzas de seguridad (Gendarmería Nacional y Prefectura Naval) y las policiales continuaban operando en el marco de sus competencias. Está claro que imponía el accionar, no reducir a la nada al oponente.

Militarmente, el término aniquilar tiene un claro alcance y un significado específico; busca quebrar la capacidad de lucha del oponente: “El objetivo de todo combatiente no significa el exterminio del adversario, con matanza total de sus rivales y despiadada destrucción de su pertenencias, sino la reducción a la impotencia bélica” (Cabanellas de Torre, G., Claridad, p. 243). El reconocido militar alemán Colmar von der Goltz decía: “No se vence al enemigo destruyéndolo totalmente, sino quitándole la esperanza de la victoria”. No es actuar en la clandestinidad, asesinar, torturar, recurrir a la desaparición forzada de personas, robar bebés y propiedades, y cometer violaciones sexuales, sino persuadir al adversario de cesar la lucha.

En Malvinas, nosotros, los argentinos, fuimos aniquilados; pero ambos bandos respetamos la dignidad del adversario, el derecho internacional humanitario. En 1949, la Argentina adhirió a los Convenios de Ginebra (Suiza) que, entre otros conceptos, “prohíbe daños superfluos y los medios de lucha pérfidos que atentan contra el honor militar. Los combatientes enemigos tienen derechos bajo la citada Convención, e incluso los miembros de organizaciones irregulares conservan sus derechos, ya que son inherentes al ser humano, y por lo tanto irrevocables”. Es incomprensible que el exgeneral Roberto Viola manifestara: “El delincuente subversivo debe ser aniquilado sin aceptar rendición”.

¿Cumplieron órdenes los juzgados en 1985? Así lo manifestó, entre otros, el exalmirante Eduardo Massera en el citado juicio. ¿De quién, del PEN que habían derrocado? Las órdenes que imponían los decretos citados anteriormente eran legítimas y legales. Las que impartieron los miembros de las juntas militares eran ilegítimas, ilegales, inmorales, y hasta se apartaban de elementales normas religiosas. “Matar en nombre de Dios es ideologizar la experiencia religiosa. Cuando sucede esto, aparece la politiquería y surge el endiosamiento del poder en nombre de Dios” (Bergoglio, J. y Skorka, A., Sobre el cielo y la tierra, Sudamericana, p. 34).

Nada justificaba la interrupción del orden constitucional del gobierno de María Estela Martínez de Perón. Hasta el mentor del golpe y del terrorismo de Estado, el exgeneral Genaro Díaz Bessone, dijo: “El derrocamiento del gobierno peronista en marzo de 1976 no fue la lucha contra la subversión (…) Nada impedía eliminarla bajo un gobierno constitucional (…) La justificación de la toma del poder por las FF.AA. fue clausurar un ciclo histórico” (Quiroga, H. y Tcach, C., A veinte años del golpe, Homo Sapiens, p. 127). Díaz Bessone también aseguraba que afrontábamos una guerra civil y que había que insertar a la Argentina en la ideológica Tercera Guerra Mundial, contra el marxismo-leninismo, que utilizaba armas destructivas como la doctrina gramsciana y los medios de comunicación. Ignoraba la sentencia del general británico John F. C. Fuller: “Las guerras ideológicas son disparates, no solamente porque las ideas son impermeables a los proyectiles sino porque, invariablemente, cuanto más santa es la causa, más demoníaco es el fin”.

Guerra fue un término prohibido por el PRN. En 1976, las fuerzas terroristas estaban debilitadas y reducidas. Es interesante al respecto la reflexión de Juan J. Sebreli: “El carácter minoritario de la guerrilla desautorizó la autocalificación de la lucha como guerra civil, en la que coincidían con sus enemigos los militares” (Crítica de las ideas políticas argentinas, Sudamericana, p. 392).

Argentina, 1985 ha dado un paso (¿una fotografía, tal vez?) importante sobre nuestro controvertido y sangriento pasado. A pesar de ello, aprecio que probablemente sería interesante tomar este período de la historia argentina y realizar una docuserie, que debería eventualmente llamarse –aporto la idea– Argentina, 1975/2007, pues conocidos indultados, generales responsables de gravísimos delitos de lesa humanidad (Díaz Bessone, Bignone y Harguindeguy), gozaron de una impunidad política y jurídica hasta el siglo actual. En septiembre del año 2003, confesaron públicamente sus crímenes –sin consecuencia alguna– a la directora de cine, escritora, historiadora y periodista francesa Marie-Monique Robin (Escuadrones de la muerte. La escuela francesa, Sudamericana, pp. 9, 120, 419, 420, 440, 441, 447). También se pueden apreciar en el film del mismo nombre.

¿Hasta cuándo continuaremos siendo víctimas del partidismo ideológico criollo y de la sugestiva posverdad?

*Exjefe del Ejército Argentino, veterano de la Guerra de Malvinas y exembajador en Colombia y Costa Rica.