En Orán, todos sabían quién era Martina Oliva. Su nombre figuraba en concursos de belleza, eventos sociales y avisos en redes. Había sido reina, modelo y una figura reconocida en una ciudad con pocos habitantes donde la exposición pública suele amplificarlo todo.
Cuando el año pasado fue detenida en operativo narco su foto apareció en todos los medios nacionales. Y ahora volvió a ser noticia. Es que la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal dejó firme la condena a siete años de prisión que en marzo le había impuesto el Tribunal Oral Federal N°1 de Salta por su participación en una maniobra de transporte de 15 kilos de marihuana.
Si bien la jueza Ángela Ledesma votó por reducir la pena a seis años, sus colegas Daniel Petrone y Javier Carbajo rechazaron la impugnación de la defensa y confirmaron íntegramente la sentencia. Para los camaristas, no existió arbitrariedad en la valoración de la prueba ni se acreditó una vulneración del derecho de defensa.
La caída. El 5 de febrero de 2025, poco después de las siete de la mañana, agentes de la PSA realizaban controles sobre la ruta nacional 9, a la altura del expeaje Aunor, en la ciudad de Salta.
Allí frenaron una Toyota Hilux en la que viajaban Oliva, su pareja Gustavo Joaquín Tolaba y otra mujer. Detrás circulaba un Citroën C3 Aircross ocupado por otros tres sospechosos.
Ese segundo vehículo transportaba la carga que terminó detonando el caso: 15 kilos de marihuana acondicionados en paquetes que, según reconstruyó la fiscalía, habían sido preparados la noche anterior en Orán.
La acusación sostuvo que la camioneta en la que viajaba la ex Miss Orán cumplía una función central: actuaba como coche puntero, abriendo camino y alertando sobre controles policiales.
Cuando los ocupantes del Citroën advirtieron el procedimiento, intentaron escapar. La persecución se extendió durante varios kilómetros hasta una finca cercana al límite con Jujuy. Durante la fuga comenzaron a arrojar los paquetes por las ventanillas. No alcanzó. Todos terminaron detenidos.
Durante el juicio oral, el Ministerio Público Fiscal sostuvo que Oliva y Tolaba no eran simples acompañantes. Para la acusación, ambos ocupaban un rol jerárquico dentro de la maniobra y participaron en su planificación, coordinación y ejecución.
Entre las pruebas valoradas por el tribunal aparecieron transferencias de dinero, comunicaciones entre los involucrados y mensajes con su pareja que, según la fiscalía, demostraban conocimiento directo del negocio.
La defensa intentó desmontar esa teoría. Planteó que Martina tenía un rol subordinado respecto de Tolaba, cuestionó la valoración de la prueba y pidió que el caso fuera analizado con perspectiva de género, bajo la hipótesis de una relación desigual que condicionaba su capacidad de decisión.
Durante la audiencia ante Casación, Oliva habló del impacto emocional que tuvo la exposición mediática. Dijo haber sufrido ataques de pánico, ansiedad y discriminación tras el estallido del caso.
Los camaristas, sin embargo, descartaron ese argumento.
El tribunal también remarcó que no surgían elementos suficientes para considerar que Oliva hubiera actuado bajo una situación de vulnerabilidad, subordinación o coerción capaz de anular su autonomía.