POLICIA
Desaparición de Loan Peña

Caso Loan: por qué la jueza sobreseyó a los principales acusados por trata y cómo sigue el juicio

El fallo de la jueza federal Cristina Pozzer Penzo puso fin a la hipótesis de trata de personas en la causa pero no desvinculó a los principales sospechosos de su desaparición.

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Juicio por la desaparición de Loan Peña | NA

La jueza federal de Goya, Cristina Pozzer Penzo, sobreseyó este martes 25 de agosto a los siete acusados principales del caso Loan Peña en relación al delito por presunta trata, y a tres de ellos también por abandono de persona. La decisión pone fin a una de las hipótesis que se investigaron desde los primeros días de la desaparición del niño, ocurrida en 2024, cuyo juicio sigue en desarrollo en el Tribunal Oral Federal de Corrientes.

En una resolución de 104 páginas, la magistrada concluyó que, después de más de dos años de investigación y de las numerosas medidas de prueba incorporadas al expediente, no aparecieron elementos que permitieran sostener que Loan hubiera sido captado con fines de explotación. Por el contrario, sostuvo que se alcanzó el grado de certeza necesario para descartar la existencia de esos delitos.

El otro misterio del caso Loan: ¿Para qué se lo llevaron?

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El fallo favoreció a la tía del menor, Laudelina Peña; a su esposo, Antonio Benítez; a Daniel “Fierrito” Ramírez; su pareja, Mónica Del Carmen Millapi; a la ex funcionaria municipal María Victoria Caillava; su marido, el ex capitán de navío, Carlos Guido Pérez; y al excomisario de la localidad de 9 de Julio, Walter Maciel; que están siendo juzgados en el debate oral.

Sin embargo, la medida tiene un alcance concreto: no sobresee a los siete imputados por la sustracción del niño; ese delito justamente se debate en el proceso que se realiza en el Escuadrón 48 de Gendarmería. Así, Pozzer Penzo subrayó que la desaparición del chico "no fue accidental" y que el propósito de ocultarlo está acreditado, por lo que esa parte de la investigación fue elevada a juicio.

Además, la jueza dictó un sobreseimiento total y definitivo para el expolicía correntino Francisco Amado Méndez, que había sido investigado después de que Laudelina apuntara contra él en su indagatoria y lo ubicó donde presuntamente se halló el botín de su sobrino.

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La jueza federal de Goya Cristina Pozzer Penzo.

En el caso del agente retirado, se explicó que desde la falta de mérito dictada en julio de 2024 no habían aparecido nuevos elementos que justificaran mantener abierta esa imputación y de su intervención en el hecho.

Cabe recordar en el juicio también llegaron procesadas otras diez personas en un expediente paralelo: Federico Rossi Colombo, Nicolás Gabriel “El Americano” Soria, Elizabeth Cutaia, Alan Cañete, Delfina Taborda, Pablo Noguera, Pablo Núñez, Valeria López, Verónica Machuca Yuni y Leonardo Rubio, acusados de realizar maniobras para desviar la investigación, entre otros delitos.

Por qué se cae la hipótesis de trata

La hipótesis de trata había surgido durante los primeros días de la desaparición del pequeño, que en ese momento tenía cinco años, y llevó incluso a que la causa pasara de la Justicia provincial a la federal. Loan fue visto por última vez el 13 de junio de 2024, y diez días después se consideró que su caso podía encuadrar en un delito de competencia federal, bajo la hipótesis de trata de personas.

Pero la evidencia reunida durante estos dos años no permitió sostener esa línea. Uno de los puntos centrales del fallo que se conoció este martes indica que, aunque en el caso de un menor no sea necesario demostrar que existió engaño, violencia, coacción o aprovechamiento de una situación de vulnerabilidad, sí es indispensable acreditar la explotación.

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La familia de Loan Peña, el niño desaparecido en Corrientes en 2024.

El documento explica que la trata es un delito que exige demostrar esa finalidad, que puede estar vinculada con explotación sexual, laboral, servidumbre o extracción de órganos. Tampoco se encontraron indicadores de una red ni elementos que permitieran establecer que la desaparición de Loan esté vinculada con una organización destinada a ese fin. Los rastrillajes y las tareas realizadas por la Policía Federal y el Comando Unificado no detectaron logística, refugios o una agrupación similar de ese estilo en el caso.

También señaló que los análisis forenses de los celulares secuestrados no encontraron chats, archivos, correos o contactos vinculados con la venta de niños, adopciones ilegales, precios o transacciones. El paso del tiempo, en tanto, no modificó ese escenario.

En línea con el principio del "plazo razonable", se dictó una definición procesal definitiva con este tema. En otras palabras, la resolución no dice que no haya existido una sustracción, sino que afirma que no hay pruebas suficientes para sostener que esta haya sido realizada con fines de explotación y, por lo tanto, que constituya trata de personas.

Por qué no modifica el juicio por el caso Loan

El otro punto central del fallo sostiene que la caída de esa hipótesis no derriba la acusación que actualmente se debate en el juicio oral. Por la supuesta sustracción y ocultamiento del nene están procesados Benítez, Ramírez, Millapi, Laudelina Peña, Caillava y Pérez como coautores, mientras que Maciel quedó imputado como partícipe necesario.

La Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes confirmó esos procesamientos y, en el caso del excomisario, modificó la calificación desde el encubrimiento agravado hacia la participación necesaria para que se consume la sustracción.

De esta manera, el debate oral continúa respecto de los siete acusados que fueron sobreseídos por trata y/o abandono, mientras que la investigación sobre su paradero permanece abierta. En su análisis, Pozzer Penzo señaló que su desaparición fue "provocada e intencional". Según expresó, "el hecho acaecido en el paraje El Algarrobal -lugar al que fue a almorzar con su papá a la casa de su abuela, Catalina Peña-, no fue accidental".

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Juicio por la desaparición de Loan Peña.

Los acusados en la causa principal siguen sometidos al proceso. La hipótesis del caso plantea que Loan fue alejado de su papá y cuando fue a buscar naranjas con otros chicos, bajo la guarda de Benítez, Ramírez y Millapi, se registró una llamada entre Benítez y Laudelina Peña. Poco después el matrimonio Pérez y Caillava se retiró del paraje en la camioneta en la que las pericias odorológicas marcaron rastros del niño -también se hallaron rastros en otro de sus vehículos que ese día no estuvo en el lugar-.

A ello se suman presuntas maniobras de entorpecimiento, como el botín izquierdo del pequeño -que para la Fiscalía y la querella fue plantado en el lodazal en el que se halló- y la falsa noticia de su aparición, que frenó el operativo de búsqueda. "Una sentencia de sobreseimiento parcial es, por definición, un acto que cierra algo para permitir que lo demás avance, y el fallo es cuidadoso en enumerar qué es lo demás", manifestó a PERFIL el abogado Alejandro Vecchi, uno de los representantes legales de los padres de Loan.

"En primer término, el juicio oral por sustracción, en curso, respecto de los siete procesados. En segundo lugar, el juicio al grupo que actuó bajo la fachada de la Fundación Lucio Dupuy, elevado en mayo de 2025 por las maniobras de manipulación de testigos vulnerables y contaminación del cauce probatorio", detalló en referencia a los otros diez acusados en la causa paralela.

A quienes conforman este grupo se les atribuyen distintos delitos, entre ellos encubrimiento, privación ilegítima de la libertad, falso testimonio, defraudación a la administración pública, usurpación de títulos, suministro de estupefacientes, resistencia a la autoridad y violación de secreto profesional. Según la acusación, algunos actuaron de manera organizada y con distribución de funciones.

Por último, subrayó que la jueza federal dejó expresamente establecido que la búsqueda del menor continúa a través del Legajo N° 96, donde permanecen activas medidas y pueden incorporarse nuevas líneas de investigación.

FP cp