POLICIA

Lo condenaron por violar y embarazar a su hija y luego hacer lo mismo con su hija-nieta

René Antonio Vera deberá pasar 25 años en prisión por abusar de su hija y de la menor que tuvo con la misma, a quien también embarazó.

La Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena contra Vera.
| Cedoc

La Cámara Federal de Casación Penal ratificó la condena a la "pena única" de 25 años de prisión a un hombre que abusó sexualmente de su hija, con quien convivía y a quien dejó embarazada. Luego, violó también a su propia hija-nieta, nacida de aquella relación y a quien también embarazó.

Según informa Télam, fuentes judiciales informaron que la Sala Primera de la máxima instancia del fuero penal nacional rechazó un recurso de casación presentado por la defensa de René Antonio Vera contra la sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal Cuatro (TOC4) que el 29 de julio de 2013 lo condenó a la pena única de 25 años de prisión.

Según se conoció, Vera "había abusado sexualmente de su propia hija, como consecuencia de lo cual, ella concibió una criatura que sería a la vez hija y nieta de aquel”. 

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“Posteriormente, hallándose en libertad condicional por esta primera condena, abusó y accedió carnalmente a esta niña hija-nieta lo que produjo una nueva concepción de otro hijo que sería a la vez su bisnieto", detallaron los investigadores.

Los camaristas Gustavo Hornos, Ana María Figueroa y Luis María Cabral ratificaron "unificación de la pena única de 25 años de prisión impuesta al nombrado, quien fuera condenado por abusos sexuales con acceso carnal reiterados, doblemente agravados por haber sido cometido contra -dos- descendientes, menores de 18 años y aprovechando la situación de convivencia".

En una resolución de 24 carillas, los magistrados recordaron que Vera había sido condenado por el primer hecho el 18 de noviembre de 2011 cuando "se le impuso la pena de 16 años de prisión, accesorias legales y costas, por resultar autor penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal reiterado, doblemente agravado por haber sido cometido en perjuicio de su descendiente (hija)".

Allí se detalló que la víctima "era menor de 18 años y convivía con el nombrado" y esa figura penal fue evaluada "en concurso real con el delito de abuso sexual agravado por haber sido cometido contra su descendiente (nieta), en concurso real con el delito de lesiones leves agravadas por el vínculo y de la pena impuesta el 23 de febrero de 1994, a la pena de 14 años de prisión" por "violación calificada reiterada en concurso ideal con corrupción".