POLICIA
Polmica en Misiones

Mató a su esposa y la justicia lo justifica

A pesar de que le correspondía prisión perpetua, le redujeron la condena al considerar que la pareja sufría "graves desajustes matrimoniales y una relación enfermiza". Frente a su hijo , la mató de once puñaladas.

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Si bien la ley establece que el crimen de un cónyuge es un homicidio agravado por el vínculo, por lo que corresponde la pena de prisión perpetua, un tribunal penal de Posadas condenó a sólo 8 años de prisión a un hombre que apuñaló y mató a golpes a su mujer frente a su hijo, por considerar que el maltrato de ella tuvo directa relación con el crimen.

Los jueces aplicaron las circunstancias extraordinarias de atenuación previstas en el Código Penal luego de establecer que los castigos que solía recibir el imputado por parte de la mujer se enmarcaban en una relación “tormentosa”, según informó Clarín.

Todo sucedió una noche de verano. Juan Carlos Da Rosa, de 38 años, charlaba con unas vecinas en la puerta de su casa cuando Isabel Antúnez de Oliveira, de 30, tuvo un ataque de celos. A pesar de una fugaz calma, la pareja volvió a discutir en la cama., y según lo establecido durante el juicio, la mujer tomó un cuchillo para atacar a su pareja.

Frente a los ojos del mayor de los cuatro hijos de la pareja, que se despertó y se acercó a la habitación para ver que sucedía, Da Rosa forcejeó con su mujer -que le cortó el brazo-, le sacó el cuchillo y le propinó once puntazos en la nuca y la cabeza.

El fiscal Rolando Oliva dijo que el crimen fue resultado de "graves desajustes matrimoniales y una relación enfermiza", por lo cual pidió la pena de ocho años de prisión. Sin los atenuantes, la ley considera al crimen de un cónyuge como un homicidio agravado por el vínculo, al que le cabe la pena de prisión perpetua.

Por su parte, el abogado defensor, Mauricio Vedota, solicitó la absolución por inimputabilidad o que el caso fuera encuadrado dentro de una legítima defensa, por considerar que fue la mujer quien atacó primero.