La Suprema Corte Bonaerense ordenó realizar un nuevo juicio por el femicidio de Lucía Pérez, la chica de 16 años que fue violada y asesinada en 2016 en Mar del Plata, al rechazar un planteo contra la resolución de Casación que realizó la defensa de los dos imputados que habían sido absueltos en el escandaloso fallo de primera instancia.
Los jueces del máximo tribunal bonaerense descartaron el recurso de queja presentado por la defensa de Juan Pablo Offidani y Matías Farías, que había planteado una supuesta infracción a la garantía de ne bis in idem (ser juzgado dos veces por un mismo hecho). Al respecto, la Suprema Corte explicó que la nulidad del juicio "obedeció a la existencia de vicios esenciales".
"El caso no reúne las características necesarias para que se configure una violación a esa garantía pues la anulación parcial y el reenvío dispuestos hallaron sustento en la afectación a la garantía de imparcialidad judicial, en atención a los estereotipos de género discriminatorios que el Tribunal de Casación constató en el fallo de primera instancia", señalaron los jueces.
"El recurso articulado -se aclara en la resolución- fracasa pues la defensa no repara en que el criterio basal que determinó la nulidad del juicio radica en considerar que se encuentra viciada la garantía de imparcialidad judicial, en atención a los prejuicios de género que se constató en el fallo del Tribunal de juicio".
Para los miembros del máximo tribunal, el "juzgar con perspectiva de género propende a garantizar el ejercicio de los derechos de las mujeres, la igualdad de género y una tutela judicial efectiva, evitando la reproducción de estereotipos que dan por supuesto el modo en que deben comportarse las personas en función de su sexo o género".
En agosto del año pasado, la Sala IV del Tribunal de Casación de la provincia de Buenos Aires había anulado la sentencia del juicio contra los tres acusados por el femicidio de Lucía Pérez y ordenado la realización de un nuevo debate.
Caso Lucía Pérez: la OEA criticó el fallo judicial que absolvió a todos los involucrados
Dos años antes, el Tribunal Oral Nº1, integrado por los jueces Facundo Gómez Urso, Pablo Viñas y Aldo Carnevale, absolvió a Matías Farías y Juan Pablo Ofidanni por los delitos de abuso sexual y femicidio, y les impuso solo una condena por venta de droga, a ocho años de prisión. La misma decisión adoptaron respecto a Alejandro Maciel, quien había llegado al juicio acusado por “encubrimiento”, aunque el particular damnificado mantuvo su acusación.
La muerte de Lucía ocurrió en la mañana del 8 de octubre de 2016, y de acuerdo a la hipótesis del Ministerio Público, la joven conoció a Farías y Offidani un día antes, cuando ellos se acercaron a través de una amiga de la Escuela Media 3 de Mar del Plata para venderle un cigarrillo de marihuana.
Al día siguiente, Farías citó a la chica en su domicilio de la calle Racedo al 4800, en la zona sur de la ciudad, donde habría sido drogada y abusada hasta la muerte. El cuerpo de Lucía fue llevado luego a un centro asistencial de Playa Serena, y según la instrucción del caso, fue lavado y acondicionado con la ayuda de Maciel.
CP