En las últimas horas, el juez federal de Azul, Gabriel Di Giulio, impuso la prohibición de salida del país y el uso de tobillera electrónica a Raúl Pérez Roldán, padre del ex tenista Guillermo Pérez Roldán. El hombre había sido acusado por su hijo por maltratos, tormentos y manejo irregular de su fortuna durante la época en que el deportista llegó a ser N°13 del ranking ATP.
El dictamen surgió a partir de la causa que lo investigó por explotación, lesiones, abuso, privación ilegal de la libertad y lavado de dinero. La denuncia fue promovida el año pasado por Guillermo, su hijo. A la par, el ex tenista lanzó un documental (Pérez Roldán confidencial) donde contaba cómo su padre lo maltrataba y le imponía tormentos mientras era su entrenador. Según el deportista, el acusado lo sometió física, psicológica y económicamente durante los años en que fue jugador profesional, principalmente en la década del 80.
En la denuncia que patrocinó el abogado Ignacio Pascual también figuraba la tenista Graciela Pérez, una de sus primeras alumnas en la famosa escuela tenística de Tandil que dirigía el acusado. La mujer había alegado sufrir maltratos por parte de Pérez Roldán padre.
Debido a que la mujer vive cerca de la casa del victimario y manifestó temer sufrir represalias tras la denuncia, la Justicia le otorgó un botón antipánico. En ese sentido, Guillermo también expresó miedo "de lo que es capaz" su padre, por lo que le pidió al Tribunal "tener algo de seguridad", según reportaron sus entrevistadores.
Además de la prohibición para salir del país y el uso de la tobillera eléctrica, el juez de Azul dictó la inhibición general de bienes sobre Pérez Roldán padre por el término de 180 días. Esta resolución alcanza también a los bienes de la firma Bakota (propiedad del acusado) y de su esposa, Liliana Beatriz Sagarzazu. La decisión se dio a raíz de que Guillermo acusó a su padre de haberse quedado con el dinero que obtuvo como tenista gracias a los varios torneos internacionales que disputó y ganó.
Sumado a esto, el juez dictaminó que Pérez Roldán padre deberá fijar un domicilio del que no podrá ausentarse por un lapso mayor de 72 horas sin autorización previa del Juzgado. Asimismo, resolvió una orden de restricción delimitada en una distancia de 200 metros de acercamiento hacia Graciela Pérez. Además, ordenó a la División Unidad Operativa Federal Tandil la disposición de un medio de contacto expedito y habilitado las 24 horas del día para que la víctima pueda requerir el inmediato auxilio de la fuerza policial si lo necesita.
En ese sentido, la Justicia determinó la misma prohibición de contacto y distancia de 200 metros hacia Guillermo y su grupo familiar (cónyuge, hijas e hijos). En ese caso, aclaró también que Pérez Roldán padre no puede contactarse por ningún medio con su hijo y sus familiares.
Di Giulio advirtió en su fallo que “la violencia contra niños, niñas o adolescentes no era visible en la década de 1980″ y que “en la actualidad se trata de una deuda que la sociedad mantiene para con el colectivo vulnerable”. Por ese motivo, los diferentes delitos por los que Raúl Pérez Roldán está imputado no prescribieron a pesar de que fueron cometidos hace aproximadamente 40 años. Sin embargo, el juez no hizo lugar al arresto domiciliario ni a la prisión preventiva que habían sido solicitadas por la querella.
La acusación de Guillermo Pérez Roldán y de Graciela Pérez formó parte de la presentación realizada el 24 de agosto de 2022 ante el Juzgado Federal de Azul. En esa oportunidad se planteó la hipótesis de que hubo un plan criminal orquestado por el acusado entre los años 70 y 80. Según lo propuesto, durante esa época se cometieron una serie de delitos que van desde la reducción a la servidumbre y la administración infiel hasta lesiones y abusos sexuales. En ese sentido, la intervención de la Justicia Federal se da por las supuestas situaciones de trata de personas.
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