POLICIA
Por unanimidad

Suspendieron por presunto mal desempeño a la jueza que dejó a Lucio Dupuy al cuidado de su madre

La medida recayó sobre la magistrada Ana Clara Pérez Ballester y la asesora Elisa Alejandra Catán, quienes fueron denunciadas por el procurador general de La Pampa.

Lucio Dupuy
Condenadas a prisión perpetua la mamá y su pareja | Cedoc Perfil

Un Jurado de Enjuiciamiento suspendió este martes 10 por presunto "mal desempeño de sus funciones" a la jueza y a la asesora que intervinieron en el expediente sobre el cuidado Lucio Dupuy. La medida se tomó a raíz de que ambas avalaron darle la tenencia del menor a su madre, quien lo asesinó junto a su pareja el 26 de noviembre de 2021 en Santa Rosa, La Pampa, hecho por el que fueron condenadas a prisión perpetua.

La decisión, a la que se arribó por unanimidad, recayó sobre la magistrada Ana Clara Pérez Ballester, a cargo del Juzgado de la Familia, Niñas, Niños y Adolescentes 1 de General Pico; y Elisa Alejandra Catán, responsable de Asesoría de Niñas, Niños y Adolescentes 2 de esa ciudad pampeana. Ambas habían sido denunciadas ante el Jury por el procurador general de La Pampa, Mario Oscar Bongianino.

Por pedido de la familia de Lucio Dupuy, separaron en la cárcel a las dos acusadas por el crimen

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Bongianino acusó a Pérez Ballester y Catán por "mal desempeño de sus funciones" al considerar que "omitieron obligaciones esenciales en todo procedimiento en el que esté en juego el interés superior" del Lucio al intervenir en el expediente mediante el cual se le otorgó la tenencia del niño a su madre, Magdalena Espósito Valenti, en noviembre de 2020.

Según fuentes judiciales, el ministro del Superior Tribunal de Justicia de La Pampa, a cargo de la presidencia del jury, Fabricio Luis Losi; las diputadas María Silvia Larreta (PJ) y María Andrea Valderrama Calvo (UCR); y las abogadas por la matrícula, Silvina María Garro y María Natalia Gaccio, hicieron lugar al escrito acusatorio presentado el 29 septiembre por Bongianino.

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La magistrada Ana Clara Pérez Ballester, a cargo del Juzgado de la Familia, Niñas, Niños y Adolescentes 1 de General Pico.

La suspensión es transitoria "mientras dure la tramitación del juicio" tanto para Pérez Ballester y para Catán. En ese sentido, los voceros detallaron que la Ley establece que "siempre que se hiciere lugar a la formación de causa, el jurado suspenderá al magistrado o funcionario en el ejercicio de sus funciones".

La medida es de "carácter preventivo y no importa prejuzgamiento sobre la conducta" de ambas funcionarias ni "menoscaba la imparcialidad del jurado", según lo indicado por el jury. Además, le dieron traslado a las imputadas por el plazo de 10 días hábiles para que presenten sus defensas y procedieron a "descontarles el cincuenta por ciento de las remuneraciones"

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Elisa Alejandra Catán, responsable de Asesoría de Niñas, Niños y Adolescentes 2 de General Pico.

La defensa de la magistrada, a cargo del abogado Pablo Rodríguez Salto, sostuvo que "no hay elementos jurídicos que justifiquen" un jury y apoyó la decisión de Pérez Ballester de darle la tenencia a Espósito Valenti debido a que para ese entonces no había antecedentes de violencia de parte de la mujer hacia su hijo, ni del padre del niño, Cristian Dupuy.

Sumado a esto, alegaron que, hasta ese momento, el menor estaba bajo la tutela de su tía paterna, quien no se opuso cuando la madre de Lucio pidió la tenencia. Por su parte, el padre no se presentó como parte en el expediente, por lo que no fue consultado por las funcionarias judiciales.

mb cp