POLITICA

Alejandro Fargosi: "La sanción al juez Bonadio es nula"

“No hay causa suficiente ni justificación”, dijo el ex integrante del Consejo de la Magistratura, y advirtió que el voto del senador Godoy “no es válido”.

Claudio Bonadio. El gobierno podría remover al juez que investiga la causa Hotesur, que involucra a la presidenta Cristina Fernández de Kircner.
| Cedoc

Alejandro Fargosi, exintegrante del Consejo de la Magistratura, se refirió a la sanción impuesta al juez Claudio Bonadio y aseguró que “la mayoría simple de La Cámpora en el organismo judicial quiere convertirlo en el instrumento de presión del gobierno contra los jueces que se atreven a investigar la corrupción.”

Esta mañana, el plenario del Consejo de la Magistratura dictó una sanción económica contra el magistrado, a quien le recortaron el 30% de su salario luego de que el oficialismo logró imponer su mayoría por siete votos contra seis.

“La multa impuesta por la mayoría simple kirchnerista al juez Bonadio es nula e ilegítima por dos razones: en primer lugar porque no hay causa suficiente ni justificación para sancionar al juez en ese caso. Y además, porque el voto del senador Ruperto Godoy es nulo, y sin ese voto no tenían mayoría”, explicó Fargosi.

"El senador Godoy, que no es abogado, no puede participar del Consejo mientras esté vigente la cautelar ordenada por la Justicia. En el juicio que inicié contra el gobierno por varios artículos de la ley 26.855, se suspendió la posibilidad de que quienes no son abogados, integren el Consejo de la Magistratura”, agregó el exconsejero.

Fargosi sostuvo que “pese a que el Consejo fue notificado y pese a que la medida cautelar fue confirmada por la Cámara, el Consejo igual admitió al senador Godoy para intervenir en las sesiones, dar quórum y votar. Todas las decisiones que se adopten gracias a él son nulas, de nulidad absoluta”.

Según el exconsejero, “cuando la Corte tomó el juramento al senador Godoy no se convalidó la nulidad de su integración del Consejo, porque la Corte no podía analizar la validez de los títulos de los consejeros: eso corresponde al propio Consejo, como ocurre en la Cámara de Diputados”.

“El haber jurado ante la Corte no significa nada: el senador Godoy fue nominado por el señor Boudou a propuesta del bloque de senadores del FPV y la Corte no podía negarse a tomarle su juramento, pero el Consejo sí está obligado a respetar la orden judicial que le impide incorporarlo mientras esté vigente la cautelar”, completó.

“Todas las votaciones en las que el senador Godoy dé quórum en el Consejo o en alguna comisión, y en todos los casos donde su voto sea necesario para la existencia de mayoría, son actos nulos de nulidad absoluta por la manifiesta ilegalidad de haber desobedecido al juez que suspendió en ese –y otros- aspectos, una de las leyes de la mal llamada ‘democratización de la Justicia’”, concluyó Fargosi.