La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) informó que los jubilados y pensionados que pertenecían a la ex régimen de las Administradores de Fondos de Jubilaciones y Pensiones (AFJP) percibirán sus haberes de diciembre a partir del 5 de enero.
El organismo dispuso que los beneficiarios que percibían su haber a través de una AFJP podrán cobrar a partir del 5 de enero de 2009 hasta el 12 de febrero, "sin regirse por ningún calendario particular".
En el caso de las personas que cobraban su beneficio a través de una compañía de seguro de retiro y que parte de su haber y/o asignación familiar eran abonados por el Estado, también percibirán entre el 5 de enero y el 12 de febrero sus haberes.
Al respecto, se indicó que "durante este período recibirán la parte del haber que se encuentra a cargo del Estado; el resto del haber será abonado por cada Compañía de Seguro en la fecha habitual".
Con respecto a los afiliados que percibían su haber a través de una compañía de seguro de retiro sin participación del Estado, se aclaró que como estos "beneficios no han sido transferidos a ANSES", continuarán percibiéndolo a través de la empresa "y por el esquema habitual de cobro".
En los dos primeros casos, las personas deberán "concurrir a su boca de cobro habitual, salvo en los casos en que hayan sido notificados por ANSES a través de una carta certificada sobre la reasignación del lugar de cobro".
A partir del lunes 5 de enero, los jubilados y pensionados que quieran verificar el lugar de cobro pueden consultar en la página de Internet del organismo www.anses.gov.ar, en la sección Autopista de Servicios, haciendo click en "¿Dónde cobro?".
Fuente: DYN