POLITICA
Causa

Sandra Arroyo Salgado, la mujer que le quitó el sueño a Ernestina Herrera de Noble

La jueza manejó la causa por la denuncia de presunta apropiación de sus hijos. El polémico operativo para conseguir las muestras de ADN.

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Arroyo Salgado y Herrera de Noble | cedoc
Sandra Arroyo Salgado fue la jueza que tuvo en sus manos la denuncia contra Ernestina Herrera de Noble por presunta apropiación de niños, sospechados de ser hijos de desaparecidos durante la dictadura militar. La magistrada fue además quien ordenó ordenó el polémico procedimiento para extraerle muestras de ADN de Felipe y Marcela Noble de Herrera, que terminó en una persecución judicial y en la incautación de la ropa interior de los jóvenes.

La causa había sido iniciada en 2001 por una denuncia formulada de las Abuelas de Plaza de Mayo, que recayó en el juzgado de Roberto Marquevich. El 17 de diciembre de 2002, en un fallo polémico, ese magistrado ordenó la detención de la titular del Grupo Clarín, sin permitirle la excarcelación ni el beneficio de prisión domiciliaria, a pesar de que la acusada ya tenía 77 años. La Cámara Federal de San Martín dejó sin efecto la decisión y apartó de la causa a Marquevich, que luego sería destituído por el Consejo de la Magistratura. En 2006, gracias a un decreto de Néstor Kirchner, Sandra Arroyo Salgado asumió en su lugar como titular del juzgado federal de San Isidro. Sin embargo, esa era la época de la luna de miel entre Kirchner y Clarín: habría que esperar a 2010, desatada la guerra entre el gobierno y el multimedio, para que el expediente se reactive.

"Advierto que el conocimiento y análisis del profuso caudal probatorio reunido en estas actuaciones no deja lugar a dudas de la existencia, cuanto menos desde agosto de 2006 y hasta junio de 2008, de una empresa criminal que con un fin lucrativo operó dedicada a la procuración, búsqueda, sustracción, revelación y comercialización ilegal de datos, archivos e información de diversa índole: político, social, militar y económico", sostuvo la jueza cuando dictó el procesamiento para elevar la causa a juicio oral.

En la causa no faltaron hechos traumáticos, como la extracción compulsiva de muestras de muestras de ADN. Esos momentos se vivieron cuando Sandra Arroyo Salgado, ordenó que la policía siguiese a Felipe y Marcela Noble Herrera al salir del Juzgado. Tras una verdadera persecución policial, personal judicial y técnico ingresó a la casa de Ernestina de Noble y, frente a testigos, sus hijos fueron obligados a desvestirse y entregar la ropa que tenían puesta para que se realizaran los exámenes genéticos.

Luego de innumerables pruebas, el examen realizado en el Banco Nacional de Datos Genéticos confirmó que Marcela y Felipe Noble Herrera no eran hijos de las dos familias querellantes, Miranda-Lanoscou y García Gualdero, que reclamaban la paternidad de los dos jóvenes.

El 30 de diciembre de 2015, Arroyo Salgado dictó el sobreseimiento de Herrera de Noble, al entender que en la causa no existía evidencia alguna que probase los hechos por los cuáles fuese acusada. "En atención al resultado negativo que arrojó el peritaje de ADN a los fines de establecer vínculo biológico con los grupos familiares de personas desaparecidas durante la última dictadura militar que integran el Archivo Nacional de Datos Genéticos, no existe motivo de sospecha", sentenció la jueza. Y agregó: "Resuelvo: Sobreseer a Ernestina Laura Herrera de Noble en la presenta causa, en orden a los hechos por los que fuera indagada, dejándose constancia que la formación del presente no afecta el buen nombre y honor"