POLITICA

Carrió pidió la nulidad del decreto de Cristina sobre la exCiccone

Lo hizo en el debate por la expropiación de la imprenta de billetes. El DNU había ordenado la intervención de la firma investigada en el "Boudougate".

La diputada envió el pedido por carta a Julián Domínguez.
| Telam

Hoy la Cámara de Diputados votará a favor de expropiar la exCiccone. Por eso, la estrategia de la diputada Nacional Elisa Carrió (Coalición Cívica ARI) fue pedir la nulidad del decreto por el cual el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner dispuso la intervención transitoria de la Compañía de Valores Sudamericana S.A.

La misma fue enviada por carta al presidente de la Cámara de Diputados Julián Domínguez con observaciones y el pedido de nulidad. La legisladora sostiene que el DNU “no sólo tiene el objeto de entorpecer el accionar judicial en la búsqueda de la verdad de los hechos, sino que además, resulta un grave precedente que configura el apoderamiento de una empresa privada por intervención de un poder político del Estado”.

“El decreto 1338/2012 que dispone la “INTERVENCION TRANSITORIA” de la sociedad “Compañía de Valores Sudamericana S.A.”  (…) no sólo configura una maniobra para encubrir delitos que están siendo investigados en sede judicial sino que son además un precedente de gravedad institucional, ya que de aprobarse se da una concesión de facultades extraordinarias en los términos del art. 29  y hasta una usurpación de funciones en los términos del artículo 36 de la Constitución Nacional, como así también una violación flagrante del la forma republicana de gobierno”, le escribió Carrió a Domínguez.

Carrió detalló que “la intervención, ocupación, desposesión o como intente llamarse no es una acción que el poder político, ya sea el Poder Ejecutivo, o el Poder Legislativo pueden llevar adelante per se, simplemente porque no tiene ninguna facultad Constitucional o Legal para conculcar de esta manera derechos como el de propiedad o el ejercicio del comercio o cualquier industria lícita”.

La expropiación es un límite válido y constitucional al derecho de propiedad, pero que para que proceda deben darse los supuestos de la declaración de la utilidad pública por ley formal, es decir emanada del Congreso de la Nación y la  indemnización previa e integral del valor de aquel bien”, sostuvo Carrió en la misiva.

La diputada de la CC ARI explicó también: “No ignoramos, que “Compañía de Valores Sudamericana” es una sociedad adquirida por sus nuevos dueños, los cuales se desconocen, de una manera espuria e ilegal. Aun así nos preocupa el precedente, el accionar del Poder Ejecutivo, porque el Estado de Derecho rige para todos los habitantes de la Nación, para cada uno de los dueños, que deben conocerse y a los que corresponderá rendir cuentas en la justicia, para los acreedores de esa empresa, y para todos los ciudadanos que deben vivir en las reglas y con las garantías del Estado de Derecho”