Las acciones civiles destinadas a obtener indemnizaciones por los crímenes de la última dictadura militar prescriben por el paso del tiempo, sostuvo hoy la Corte Suprema de Justicia al rechazar un planteo de hijos de desaparecidos. La Corte recordó que la imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad opera únicamente en los procesos penales y no es aplicable a las demandas civiles destinadas a obtener una reparación económica por daños.
La demanda civil que dio base al pronunciamiento de la Corte fue promovida en mayo de 1996 por Claudia V. y Anatole A. Larrabeiti Yañez, hijos de los desaparecidos Mario Roger Julien Cáceres y Victoria Lucía Grisonas de Julien, consignó un comunicado de prensa del tribunal supremo.
El matrimonio fue secuestrado por el aparato represivo en setiembre de 1976, en un operativo en el que también fueron apresados los hijos de la pareja, Claudia y Anatole, que eran niños pequeños. Anatole habría sido asesinado cuando era trasladado a Uruguay, mientras Claudia y los niños fueron alojados en el centro clandestino de detención "Automotores Orletti", donde actuaban en forma conjunta militares y policías de Argentina y el vecino país.
En diciembre de 1976, los dos niños "fueron hallados en una plaza de la ciudad de Valparaíso, Chile", y luego "fueron entregados en custodia a un cirujano chileno y a su esposa, quienes los adoptaron", refiere el comunicado.
Fuente: DyN