POLITICA
Lo resolvió el juez Ariel Lijo

Cristina, Aníbal F. y Etchegaray, sobreseídos por inexistencia de delito en denuncia de Laura Alonso

La causa, con la acusación luego desestimada de "abuso de autoridad y violación de deberes de funcionario público", había sido iniciada por una denuncia de Laura Alonso.

Cristina Kirchner y Alberto Fernández
Cristina Kirchner y Alberto Fernández | Marcelo Escayola

El juez Ariel Lijo sobreseyó por inexistencia de delito a la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner; al extitular de la AFIP, Ricardo Echegaray, y al exjefe de Gabinete Aníbal Fernández, en una causa sobre supuestas anomalías en el otorgamiento de un inmueble de la Aduana para fines educativos en Misiones.

Lijo dispuso, además, los sobreseimientos de la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner, Ricardo Echegaray, Aníbal Fernández, el exgobernador misionero Maurice Closs, Alfredo Juan Erich Poenitz y Olga Mirta Martínez, según la resolución.

La causa, con la acusación luego desestimada de "abuso de autoridad y violación de deberes de funcionario público", había sido iniciada por una denuncia de la extitular de la Oficina Anticorrupción (OA) del macrismo, Laura Alonso, informaron hoy fuentes judiciales citadas por la agencia Télam.

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El juez federal sostuvo que se determinó que la Administración Federal de Ingresos Públicos -de la cual depende la Aduana- "se encontraba facultada para realizar dicho acto y que el mismo no generó un perjuicio económico para las arcas del Estado".

Agregó en en su resolución que en este caso "se ha demostrado que la cesión que interesó a la entonces Presidente de la Nación fue realizada por el Administrador Federal en el marco de sus atribuciones y sin generar un prejuicio patrimonial ni funcional al Estado Nacional", amplió.

Lijo sostuvo además que "debe tenerse en cuenta que la AFIP cedió el uso a una Universidad" y que "no solo el inmueble mejoró ediliciamente de manera notoria, sino que, además, brinda un servicio esencial como es la educación, cuyo acceso tiene raigambre constitucional y convencional (art. 14 y 75 inc. 22 de la Constitución Nacional)".

El juez destacó además que coincidió con la Fiscalía en la ausencia de responsabilidad penal de todas la personas denunciadas por la exfuncionaria de la OA.

DS