Para la elección de la fórmula presidencial, la Constitución argentina prevé un sistema de segunda vuelta entre los dos primeros en caso de que el candidato más votado no supere el 45 por ciento de los votos, o alcance más del 40 por ciento con menos de 10 puntos de diferencia sobre el segundo.
Para la renovación de 130 diputados nacionales -la mitad de la representación de cada uno de los 24 distritos federales- se aplicará el sistema proporcional D’Hont, según establece el Art. 163 del Código Electoral Nacional.
En tanto, en los ocho distritos que renuevan sus tres senadores nacionales - ciudad de Buenos Aires, Chaco, Entre Ríos, Neuquén, Río Negro, Salta, Santiago del Estero y Tierra del Fuego- se aplica el sistema de mayorías y minorías con una representación de dos legisladores para el triunfador y uno para la primera minoría.
Fuente: Télam