POLITICA
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El Gobierno dio a conocer el nuevo proyecto de ley Bases mientras busca los votos para aprobarlo

En una versión más acotada de lo que se conoció como "Ley Ómnibus", el nuevo texto de 182 páginas cuenta con 12 capítulos y 279 artículos. Esta semana el ministro del Interior mantuvo reuniones en la búsqueda de acuerdos, a fin de evitar otro naufragio en el Parlamento. El capítulo fiscal se tratará aparte.

Diputados
Cámara de Diputados | Télam

Luego de múltiples reuniones con legisladores del PRO y Hacemos Coalición Federal para intentar conseguir mayor volumen de respaldo en el Congreso, el Gobierno Nacional difundió el texto del nuevo proyecto de Ley de Bases. Con menos capítulos y artículos, intentará que esta vez el Parlamento lo apruebe para avanzar con reformas políticas de fondo, como preámbulo del Pacto de Mayo.

Gobernadores y diputados de los llamados bloques dialoguistas recibieron por estas horas la versión final de la Ley de Bases así como el  proyecto de ley fiscal, con la perspectiva de que sean tratados en el recinto la semana que viene.

El nuevo borrador cuenta con 279 artículos más los anexos que detallan las empresas sujetas al plan de privatización. Se trata de un texto mucho más técnico que el primero y será presentado en la comisión de Diputados como el nuevo dictamen de Ley de Bases original, que todavía tiene estado parlamentario.

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Declaración de emergencias y facultades delegadas al Ejecutivo

Reanudan el debate de la ley Ómnibus en Diputados
Debate por la Ley Ómnibus. Foto: Pablo Cuarterolo

En el primer artículo, el proyecto declara la "emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética por el plazo de un (1) año".

"Deléganse en el Poder Ejecutivo nacional las facultades dispuestas por la presente ley, vinculadas a materias determinadas de administración y de emergencia, en los términos del artículo 76 de la Constitución Nacional, con arreglo a las bases aquí establecidas y por el plazo dispuesto en el párrafo precedente", sigue el artículo primero, antes de pasar a la sección de "Reforma del Estado".

"El Poder Ejecutivo nacional informará mensualmente y en forma detallada al Honorable Congreso de la Nación acerca del ejercicio de las facultades delegadas y los resultados obtenidos", indica el texto.

Este punto designa uno de los principales cambios en relación a la Ley de Bases original, ya que se redujeron las emergencias y tampoco hay posibilidad de prórrogas.

La segunda versión también faculta al Poder Ejecutivo "a modificar, transformar, unificar, disolver, liquidar o cancelar los fondos fiduciarios públicos, en los casos en los que no fuera posible hacerlo conforme los procedimientos establecidos en sus normas de creación".

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Para continuar con el plan de recortes, el proyecto encomienda al PEN "a llevar adelante las privatizaciones" de las empresas públicas, mientras vuelve a plantear la disminución de la planta de empleados públicos.

"El personal alcanzado por el régimen de estabilidad que resulte afectado por las medidas de reestructuración que comporten la supresión de órganos, organismos o de las funciones a ellos asignadas, quedará, automáticamente, en situación de disponibilidad por un periodo máximo de hasta doce (12) meses", señala el texto.

La reforma laboral que plantea esta versión de la Ley de Bases es menos ambiciosa que la anterior, incluye cuestiones vinculadas al blanqueo y moratoria para aquellas empresas que regularicen la situación laboral de sus trabajadores.

A su vez, promueve extinciones penales, condonación de deuda y la baja del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales.

Otro de los puntos de la ley habla del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentino (FGS) y permite que sea invertido "de acuerdo con criterios de seguridad y rentabilidad adecuados, respetando los lineamientos fijados por esta ley y las normas reglamentarias, de acuerdo con lo establecido en el artículo 8 de la Ley No. 26.425".

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Los 279 artículos se componen en su mayoría con capítulos referidos a la desregulación económica, el nuevo Tribunal de Defensa de la Competencia y la Agencia de Mercados y Competencia.

Además, otro tramo importante se lo llevan las modificaciones a la ley de Hidrocarburos y cuestiones referidas al gas, como la autorización de "las importaciones de gas natural sin necesidad de aprobación previa".

En el capítulo 206, se crea "el Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad el que, una vez constituido, reemplazará y asumirá las funciones del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), creado por el artículo 54 de la Ley N° 24.065, y el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS), creado por el artículo 50 de la Ley N° 24.076".

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Cómo es el nuevo plan de privatizaciones

President Milei Delivers Speech At Opening Of Congressional Year
Javier Milei. Foto: Bloomberg

El capítulo II de la Reforma del Estado sobre "privatización de empresas públicas" del borrador que este martes difundió el Gobierno sobre la nueva ley ómnibus ocupa casi cuatro páginas y ocho artículos.

La iniciativa amplía la cantidad de empresas sujetas a privatización de 12 a 18, y al igual que en la versión anterior agrupa a las firmas públicas en tres categorías en función del destino que tendrán.

En primer lugar aparecen las cuatro "empresas y sociedades de propiedad total o mayoritaria del Estado Nacional" que podrán ser privatizadas de forma total si así se dispusiera.

Se trata de Aerolíneas Argentinas S.A., Energía Argentina S.A., Radio y Televisión Argentina S.E., e Intercargo SAU. Ésta última es la que se agregó a la lista de las que no figuraban en la versión anterior.

El segundo grupo tiene que ver con cinco empresas y sociedades de propiedad total o mayoritaria del Estado que, de acuerdo a la propuesta, cuyo serían traspasadas a concesionarias privadas.

Allí se enlistan Agua y Saneamientos Argentinos S.A. (Aysa), Correo Oficial de la República Argentina S.A., Belgrano Cargas y Logística S.A., Sociedad Operadora Ferroviaria S.E. (SOFSE) y Corredores Viales S.A.

Por último, se enumeran nueve empresas o sociedades estatales que "sólo podrán ser privatizadas parcialmente debiendo el Estado Nacional mantener la participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias".

Son Nucleoeléctrica Argentina S.A., Banco de la Nación Argentina, Nación Seguros S.A., Nación Reaseguros S.A., Nación Seguros de Retiro S.A., Nación Servicios S.A., Nación Bursátil S.A., Pellegrini S.A, y Yacimientos Carboníferos Río Turbio (YCRT).

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El artículo 11 de la ley de Bases establece que "el proceso de privatización deberá desarrollarse de conformidad con los principios de transparencia, competencia, máxima concurrencia, gobierno abierto, eficiencia y eficacia en la utilización de los recursos, publicidad y difusión".

Por otra parte, el artículo 12 define que "la Comisión Bicameral de Seguimiento de las Privatizaciones, creada por el artículo 14 de la Ley N° 23.696, intervendrá en las privatizaciones que se lleven adelante en virtud de las disposiciones de la presente ley".

El artículo 13 dispone que "la Auditoría General de la Nación deberá realizar un examen respecto del proceso de privatización de cada una de las empresas, evaluando el cumplimiento de los aspectos legales y financieros, una vez finalizado el mismo y dentro de un plazo de treinta (30) días hábiles".

"Este examen deberá ser presentado ante la Comisión Bicameral prevista en el artículo 14 de la Ley N° 23.696", se indica.

También intervendrá la Sindicatura General de la Nación, según prevé el artículo 14, en la elaboración de "un informe integral sobre la empresa pública en cuestión, que contendrá información detallada sobre sus aspectos patrimoniales, económicos, financieros y operativos, debiendo formular las observaciones y sugerencias que estime pertinentes".

"El plazo para la emisión del informe será de quince (15) días hábiles a contar desde la recepción de las actuaciones remitidas por el Poder Ejecutivo nacional. Las observaciones o sugerencias formuladas deberán ser expresamente consideradas por el Poder Ejecutivo nacional y remitidas a la Comisión Bicameral creada por el artículo 14 de la presente ley", especifica el nuevo borrador.

 

 

GI/CA/ED