El intendente electo de San Carlos de Bariloche, Walter Cortés declaró que tomará “decisiones drásticas” por el mal estado de la Ruta Nacional 40 e impediría la ruta comercial con Chile cuando comience su gestión en la ciudad turística a partir del 11 de diciembre.
Aseguró que los camiones trasandinos “rompen la vía” y agregó que "hay que hacer de vuelta los pedazos destruidos". Anticipó que será más estricto con el transporte de carga proveniente del país vecino.
En este sentido, el nuevo jefe municipal manifestó que “nosotros tenemos que llamar la atención para que las rutas se arreglen, porque hasta las ambulancias se quedan tiradas. Por lo menos 100 camiones chilenos pasan por día y nuestra contraprestación es de uno o dos”.
Declaraciones cruzadas entre el intendente electo de Bariloche y la cancillería chilena
La advertencia podría desembocar en un conflicto diplomático ya que, las autoridades de Chile no tardaron en responder al ver comprometida la circulación comercial y argumentaron por medio de un comunicado que “el tránsito de los camiones chilenos y argentinos está normado por el ‘Convenio Argentino-Chileno de transporte terrestre en Tránsito para vincular dos puntos de un mismo país utilizando el territorio del otro’, de 1974”.
El futuro representante de la ciudad rionegrina hizo hincapié en que ingresan al territorio nacional con muy pocas regulaciones y, el contenido que llevan no queda en la Argentina.
Además, Walter Cortéz insistió en que “llevan mercadería a la zona austral de Chile por rutas argentinas. Son sólo tránsito, no traen ningún beneficio comercial a la Argentina. Todos los intendentes estamos en la misma sintonía y están enojados; el caudal turístico ha bajado muchísimo.
Un controvertido mapa sobre la jurisdicción chilena en los mares argentinos abrió un nuevo conflicto
Convenio Argentino- Chileno de transporte terrestre en tránsito-aprobación
El Convenio internacional entre ambas naciones sudamericanas, se estableció a través de la adhesión de la normativa que fue sancionada el 15 de noviembre del año 1976 a través de la publicación del Boletín Oficial de la República Argentina.
La ley nro 21.458 especifica que esta modalidad presenta dos características definidas: por vincular poblaciones colindantes es similar el tráfico fronterizo de corta distancia y por tener características de larga distancia, es similar el tráfico previsto en el artículo 1:
“Las partes contratantes podrán autorizar, en los términos del presente Convenio, el tránsito por su respectivo territorio de vehículos transportando pasajeros o cargas del otro paí, para unir dos puntos del territorio de este”.
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