El Congreso sesionará hoy en ambas Cámaras legislativas: el Senado tratará la reforma integral del Código Procesal Penal y Diputados todavía no había estipulado un temario previsto, que se discutirá a partir de las 10 de la mañana al inicio de la sesión.
La sesión de la Cámara Alta fue convocada para el mediodía, donde el oficialismo buscará sancionar el nuevo Código Procesal Penal, proyecto que ingresó al Senado el pasado 22 de octubre, a cuyo texto original aplicó 42 modificaciones tras una serie de seis audiencias con especialistas y reclamos opositores en el plenario de las comisiones de Justicia y Asuntos Penales y de Presupuesto y Hacienda.
Con la reforma integral del Código Procesal Penal se formalizaría un cambio de sistema en el procedimiento de aplicación de justicia en materia penal, al pasar de un sistema inquisitorio a uno acusatorio, que incluye el nuevo rol para el fiscal como investigador y para el juez, que pasará a garantizar el proceso y a aplicar la ley. Así, los letrados quedarán a cargo de la investigación y la recolección de pruebas y podrán elegir qué causas investigar, excepto en los casos de corrupción de funcionarios, discriminación o violencia de género, que deberán tomar sí o sí.
El objetivo del Frente para la Victoria es conseguir media sanción al proyecto, para que la Cámara de Diputados lo sancione antes de fin de año. Por ahora tiene garantizada su aprobación con votos propios, mientras que los bloques opositores seguían ayer con una postura indefinida en cuanto a la votación de hoy, a pesar de coincidir en general con el cambio de sistema procesal y las modificaciones aplicadas. El interbloque FAP-UNEN y el del peronismo disidente anunciaron que presentarán dictámenes en minoría. Por su parte, la UCR (que reclama que se retire el anexo 2 del código referido a la designación de nuevos fiscales) todavía no adoptó una resolución respecto a la votación en general.
Entre los cambios aceptados por el oficialismo se encuentra la eliminación del concepto de conmoción pública como uno de los agravantes que debe tener en cuenta el juez para dictar la prisión preventiva, que había propuesto la presidenta Cristina Fernández de Kirchner por cadena nacional. El plenario de comisiones también recortó las facultades que poseía el Ministerio Público Fiscal para distribuir a los fiscales en las diversas causas al añadir un sistema de sorteo para la adjudicación de las mismas.
También se modificó el artículo 35 referido a la Suspensión del Proceso a Prueba, vinculado a los extranjeros que sean encontrados en flagrancia delictiva. En ese sentido, el Código ya no discrimina entre extranjeros en situación regular o irregular, aunque a los primeros les otorga la posibilidad de solicitar una probation en el país. Se mantiene la posibilidad de que sean expulsados del territorio nacional, siempre que el delito que se les imputa conlleve el cumplimiento de una pena privativa de la libertad cuyo mínimo no superara los tres años de prisión y que no se vulnerara el derecho de reunificación familiar. La expulsión conllevaría la prohibición de reingreso que no puede ser menor a cinco ni mayor a quince años.