POLITICA
Impuestos

Facundo Moyano presentó su proyecto de ley sobre Ganancias: qué suma al de Massa

El proyecto establece la exención de pago de rubros laborales como el aguinaldo, las horas extra, los adicionales por horas nocturnas, los adicionales por antigüedad y los percibidos como consecuencia del trabajo en turnos rotativos.

Facundo Moyano, diputado nacional.
Facundo Moyano, diputado nacional. | NA

El diputado Facundo Moyano (Frente de Todos-Buenos Aires) presentó este viernes 26 de febrero su proyecto de ley para modificar el alcance del Impuesto a las Ganancias, en el que exceptúa de la carga al aguinaldo, las horas extras y los adicionales por antigüedad, entre otros beneficios para el trabajador.

Según fuentes cercanas al legislador de extracción sindical, la iniciativa pretende sumar al proyecto presentado por el presidente de la Cámara Baja, Sergio Massa, que aumenta la deducción especial de Ganancias que se aplica a los trabajadores de la cuarta categoría para que queden exentos del tributo los salarios de hasta 150 mil pesos brutos mensuales.

La intención del oficialismo es comenzar a debatir todos los proyectos sobre el tema la próxima semana, luego de que el presidente Alberto Fernández inaugure el Período Ordinario de Sesiones este lunes.

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El proyecto de Moyano establece la exención de pago de rubros laborales como el aguinaldo, las horas extra, los adicionales por horas nocturnas, los adicionales por antigüedad y los percibidos como consecuencia del trabajo en turnos rotativos.

También se exceptuarían del pago de Ganancias las sumas percibidas en concepto de recargo por feriados obligatorios y días no laborables trabajados; los rubros legales y/o convencionales que establezcan el pago de adicionales por productividad, eficiencia, zona o desarraigo; los adicionales que se abonen por la realización de trabajos penosos, peligrosos o insalubres; o cualquier otro concepto de similar naturaleza, con independencia de la denominación que le fuere asignada.

Asimismo, los rubros legales y/o convencionales de viático, comida y/o cualquier otro gasto que le imponga su actividad al trabajador, cualquiera fuere la denominación asignada; y los beneficios sociales que tengan por objeto mejorar la calidad de vida del dependiente o de su familia a cargo, también están incluidos; además de todas las indemnizaciones legales o convencionales derivadas de la relación laboral, no solo por despido injustificado.

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Además, el proyecto impulsado por Moyano establece la exención de pago de jubilaciones, eleva la deducción de gastos de sepelio de $1.000 a $60.000 y duplica la deducción por carga de familia cuando el contribuyente es sostén de familia monoparental, o persona con capacidades diferentes.

Finalmente, el proyecto asimila al concubino o concubina con el cónyuge para poder deducir a la carga de familia; permite deducir el importe de los intereses correspondientes a créditos hipotecarios (que hoy solo es de hasta 20.000 pesos), y establece como mecanismo de actualización el RIPTE (remuneración promedio de los asalariados registrados con aportes en el Sistema Integrado Previsional Argentino) o el IPC (Índice de Precios al Consumidor), según cuál resulte más favorable al contribuyente.