A menos de 24 horas de la masiva marcha federal, voceros de la Corte Suprema confirmaron a PERFIL que la causa por el financiamiento universitario llegó “formalmente” y que el Máximo Tribunal ya se encuentra en condiciones de resolver el recurso extraordinario presentado por el Gobierno contra la medida cautelar en favor del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN).
Si bien desde este miércoles el expediente ya está en los despachos de los jueces de la Corte, el Máximo Tribunal no tiene plazo para expedirse. Desde algunos sectores especularon con que pueda salir una sentencia del acuerdo previsto para este jueves pero los voceros consultados no pudieron precisar una fecha.
El Gobierno relativizó la protesta universitaria mientras espera la definición de la Corte
El abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez se refirió a la cuestión de los plazos en X: “En 2021, en plena pandemia, la Corte Suprema de Justicia de la Nación -en su actual integración- resolvió en tan solo 18 días declarar inconstitucional el DNU 241/2021 que había dispuesto la suspensión de las clases presenciales en todos los niveles y en todas sus modalidades en el aglomerado urbano delimitado por el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) ¿Cuánto tiempo se tomará ahora para resolver el Recurso Extraordinario Federal interpuesto por el Gobierno para evitar cumplir la medida cautelar —dictada por el juez de grado y confirmada por la Cámara— que ordenó la actualización inmediata de los salarios docentes y no docentes, así como de las becas estudiantiles, hasta tanto se dicte sentencia definitiva sobre la validez constitucional del Decreto 759/2025 que suspendió la aplicación de la ley de Financiamiento Universitario?”
En diálogo con PERFIL, Gil Dominguez consideró que si la Corte avala el recurso extraordinario presentado por el Gobierno “se transforma en cómplice de las políticas libertarias”. “Solo en una autocracia ocurre que un presidente a través de un decreto suspende una ley. El Ejecutivo, a diferencia del Congreso, no puede hacer esto”, explicó.
Lo que tiene en estudio la Corte contempla las justificaciones del Gobierno para no habilitar la aplicación de los artículos 5 y 6 de la ley 27.795 por considerar que provocan un “grave e irreparable perjuicio al Estado” al ordenar gastos sin financiamiento específico. Sostienen que esto podría comprometer el equilibrio fiscal y la sostenibilidad de las funciones estatales.
La historia de la ley
La Ley de Financiamiento Universitario, 27.757, se sancionó en 2024 y el oficialismo la vetó ese mismo año con el apoyo de aliados circunstanciales. Al año siguiente volvió a aprobarse en ambas cámaras y fue nuevamente vetada por el Poder Ejecutivo, aunque quedó ratificada en octubre pasado.
Las transferencias a universidades nacionales registran una caída real acumulada del 45,6 % entre 2023 y 2026 lo que pone a la Argentina entre los países del continente que menos recursos destinan a la educación superior.
bk / ds