Los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah desestimaron la recusación de Lázaro Báez sobre el juez federal Sebastián Casanello, quien seguirá a cargo de la causa conocida como la ruta del dinero K.
El empresario K había dicho que el juez se abocaba a investigar a su familia y no a los exfuncionarios ni a la propia exmandataria.
Báez relató que cuando él concurrió a la quinta de Olivos en septiembre del año pasado pudo ver a Casanello en la antesala del despacho. Se han tomado varias declaraciones testimoniales, entre ellas dos ex secretarios de Cristina, que negaron la versión del empresario.
Además, la Justicia investigó en los registros fílmicos y los regístros de ingresos y egresos. Ninguno dio señales de esta eventual reunión entre el magistrado y CFK.
En primer lugar, la Sala dijo que las diversas pruebas producidas en el marco de este Incidente de recusación a instancia de las partes –las Defensas y el Fiscal General- no permitieron comprobar el supuesto encuentro entre el Juez, la ex Presidenta y Lázaro Báez en la Quinta de Olivos mencionado en un reporte periodístico que se acompañaron y que Lázaro Báez pretendió apuntalar en una versión atenuada por una nota presentada –primero- y en audiencia no jurada ante la Cámara –después-.
Por otro lado y en cuanto al alegado direccionamiento de la investigación por parte del juez en contra de los Baez, se dejó en claro que si bien la Cámara no compartía la manera en que es llevado adelante el trámite, ello fue encaminado a través de las revisiones que efectuó el Tribunal por los recursos de apelación planteados. Como ejemplo de ello recordó que tiempo atrás debió señalar al Juez que debía seguirse la investigación en dirección a Báez.
Entonces, consideró que es una investigación en curso en la que el número de imputados o el nombre dado al delito investigado no cambia los que se resolvió sobre la situación procesal de los Báez; y tomó en cuenta que ninguno de los reparos que ahora se formulan, fueron manifestados antes, cuando en diciembre de 2015 el Juez dispuso su falta de mérito. Por lo que en definitiva descartó que esa discrepancia de criterios, en el enfoque limitado de los hechos de la causa, permita demostrar la existencia de parcialidad del Juez en relación a la familia Baez.
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