POLITICA
Elecciones 2023

La Cámara Electoral rechazó el pedido de que los candidatos deban realizarse un examen psicotécnico

La Justicia Electoral no aceptó el planteo que pedía que todos los candidatos presidenciales sean sometidos a exámenes para confirmar que están en condiciones de ejercer el cargo.

Massa y Milei
Sergio Massa y Javier Milei se enfrentarán en balotaje el 19 de noviembre | Télam

La Cámara Nacional Electoral rechazó un amparo que proponía que los candidatos a presidente debieran someterse a exámenes psicotécnicos para confirmar que están en condiciones de ejercer dicho cargo. 

Se trata de un planteo que había hecho María Valeria Viglianchino, una ciudadana bonaerense, antes de las elecciones generales del 22 de octubre, y que ya en primera instancia la jueza federal María Servini había rechazado. Ante la apelación, la cámara volvió a rechazar el amparo al considerar que la presentación se hizo cuando estaba vencido el plazo para objetar los requisitos de los postulantes.

Massa y Milei hablaron del psicotécnico en el debate presidencial

Se trata de uno de los temas que Sergio Massa venía empujando hacia Javier Milei: que los candidatos pasen por esos exámenes, al igual que el resto de los funcionarios públicos. 

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Incluso, en el debate, el candidato de Unión por la Patria le dijo al de La Libertad Avanza: "Hagamos el psicotécnico, lo que vos te negaste", a lo que Milei respondió: "No, yo no me negué. Estoy dispuesto a hacerlo". 

"Contale a la gente por qué no te renovaron la pasantía en el Banco Central cuando trabajaste ahí", afirmó Massa, que en otras entrevistas ya venía hablando de la necesidad de estar en "equilibrio mental". 

"¿Acaso vos lo tenés? Vos que viviste siempre del Estado nunca hiciste un psicotécnico", retrucó Milei.

El fallo de la Cámara Nacional Electoral rechazó la necesidad de hacer un psicotécnico

El planteo de Viglianchino era que en aquel entonces, además de Massa y Milei, también Bullrich, Schiaretti y Bregman se hicieran estos estudios, ya que "se encuentran en riesgo y amenaza los derechos y garantías constitucionales de todos los habitantes de este país".

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También afirmaba que a fin de "evitar y/o prevenir daños graves" resultaba necesario "constatar que los candidatos se encuentran física y mentalmente aptos para desempeñar la función" porque "sus acciones u omisiones pueden comprometer o afectar derechos de todos los habitantes del país".

Por esto, propuso que los exámenes se realicen en una institución pública y que si uno de ellos no se encuentra apto y es electo, el Senado de la Nación se abstenga de tomarle juramento y que se lo inhabilite para ocupar el cargo.

En ese entonces, el fiscal Ramiro González y la jueza con competencia electoral Servini rechazaron el amparo porque un ciudadano no puede presentarse en nombre de la sociedad, segundo porque ya habían vencidos los plazos para cuestionar las candidaturas, y tercero que la Constitución no prevé ningún examen psicotécnico como requisito para ser presidente.

"Haber nacido en el territorio argentino, o ser hijo de ciudadano nativo, habiendo nacido en país extranjero; y las demás calidades exigidas para ser elegido senador", son los requisitos. Para senador, se requiere de "tener la edad de treinta años, haber sido seis años ciudadano de la Nación, disfrutar de una renta anual de dos mil pesos fuerte o de una entrada equivalente, y ser natural de la provincia que lo elija, o con dos años de residencia inmediata en ella".

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Ante el rechazo, la decisión fue apelada y es por eso que los jueces Santiago Corcuera, Daniel Bejas y Alberto Dalla Via intervinieron para negar también la iniciativa, considerando que "la accionante no alega –ni tampoco lo advierte el Tribunal- cuál es el perjuicio concreto y actual que afecta su derecho".

"En efecto, el planteo que se pretende someter a la jurisdicción remite a consideraciones de orden abstracto y sin vinculación con un 'caso', lo cual conlleva que resulte impropia la actuación de un tribunal de justicia", agregaron en el fallo al que accedió PERFIL.

"La accionante no demostró –ni sus expresiones genéricas lo autorizan- que en la especie se haya configurado una acción u omisión teñida de arbitrariedad o ilegalidad manifiesta en la afectación de sus derechos y garantías constitucionales, requisitos cuya demostración es imprescindible para la procedencia de la acción de amparo" concluyeron.

JD / Gi