La Corte Suprema analiza resolver la cuestión de fondo de la Ley de Medios en los días previos a las elecciones primarias, que se celebrarán el domingo 11 de agosto. En el Máximo Tribunal evaluan un fallo que sería favorable al Grupo Clarín en la mayoría de los puntos. La decisión de los ministros llega en medio de la campaña electoral y en un año en el que se juega quién gobernará el Congreso en los últimos dos años de mandato presidencial de Cristina Fernández de Kirchner.
La resolución de la Corte se daría a conocer en la semana previa a las internas abiertas y obligatorias, entre el 6 y el 9 de agosto, confiaron a PERFIL fuentes del tribunal. La ley fue aprobada en 2009 por el Congreso Nacional, pero sólo después del fallo de la Corte, que debe decidir sobre las apelaciones del Gobierno y de Clarín ante el fallo de la Cámara, se sabrá su destino.
Los ministros declararían la inconstitucionalidad de algunos de los artículos de la ley, en consonancia con lo resuelto por la Cámara Civil y Comercial. Ese tribunal resolvió la inconstitucionalidad de parte de los artículos 45, que establece los límites a las licencias, y del artículo 48, que impide alegar “derechos adquiridos” en materia de licencias de comunicación audiovisual. La Cámara, en cambio, determinó la constitucionalidad de los artículos 41 y 161 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (ver explicación en la página 15).
La Corte fallaría a favor de Clarín, al permitirle al multimedios conservar sus inversiones en televisión por cable, su negocio más redituable. Sin embargo, la duda persiste en torno a si podrá conservar la totalidad de sus inversiones en cable o si deberá desprenderse de una parte, como guiño al Ejecutivo.
El fundamento de los cortesanos para avalar que Clarín conserve el negocio en disputa sería que el cable no entra en la categoría de “recursos limitados” –como el espectro radioeléctrico–, sino que su uso es ilimitado. Eso le permitiría a Clarín conservar sus inversiones en ese sector de las comunicaciones audiovisuales, al menos en su mayoría. El Gobierno exige que desinvierta en esa área.
La ley sería aplicable a los otros servicios de comunicación audiovisual que fueron adjudicados por licencia y que se sirven del espectro radioeléctrico. Estos servicios, como radio y televisión, afectan recursos limitados que pertenecen a la comunidad y están sujetos a las legislaciones nacionales. Por eso, para la Corte, la desinversión de Clarín debería pasar por sus canales de televisión y sus radios.
Para la mayoría de los ministros, la ley resultaría “abstracta” en relación a la impronta tecnológica.
La Procuradora General de la Nación, elegida por la Presidenta, elevó a la Corte su dictamen sobre la Ley, en el que sostiene que la norma es constitucional. Su documento, sin embargo, no es vinculante para los cortesanos, es decir, que no marca las pautas del fallo final. Gils Carbó pidió revocar el fallo de la Cámara Civil y Comercial, que benefició al multimedios.
Debate político. La Corte se encuentra dividida entre quienes se inclinan por introducir en la resolución final el debate sobre la “libertad de expresión” y aquellos que prefieren obviarlo, para evitar un desafío aún más hondo al Gobierno. La libertad de expresión es una discusión política. Si la Corte incluye en su fallo que la ley viola el derecho constitucional de expresarse libremente –es lo que reclama Clarín– será una derrota política del Gobierno. El sector de los ministros que impulsa esta posibilidad está encabezado por Carlos Fayt.
Sin embargo, para el ala más conciliadora del cuerpo, la contienda debe limitase a una cuestión de mercado, de propiedad privada y de defensa de la competencia.
Cuestiones técnicas. Nada de política. Para no enfrentar de lleno al Gobierno, Ricardo Lorenzetti y Elena Highton de Nolasco buscan evitar que esa consigna sea incluida. Se inclinan por algo más técnico para no aumentar el pulso de la interna con el Gobierno.
Los ministros ya frenaron la ley más polémica de la reforma judicial, cuando declararon inconstitucional la norma que modificaba la composición del Consejo de la Magistratura –que elige y controla a los jueces– y la elección popular de sus miembros.