La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme el decomiso de casi 685 mil millones de pesos sobre el patrimonio de la exmandataria Cristina Fernández de Kirchner, el empresario Lázaro Báez y el resto de los exfuncionarios condenados en la causa "Vialidad".
A través de la aplicación del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti rechazaron por "inadmisible" la queja de la defensa de la expresidenta, que objetaba el método de actualización del monto inicial. Asimismo, el tribunal desestimó el planteo de Lázaro Báez, quien discutía que el Tribunal Oral Federal N° 2 (TOF 2) fuera el competente para ejecutar la medida.

En diciembre de 2022, el TOF 2 dictó una condena de seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos contra Cristina Kirchner por administración fraudulenta en perjuicio del Estado, vinculada a 51 licitaciones viales en Santa Cruz. En el mismo fallo se absolvió a la exvicepresidenta por el cargo de asociación ilícita y se condenó a penas de entre tres y seis años a Lázaro Báez, José López, Nelson Periotti y cinco exfuncionarios provinciales. En tanto, Julio De Vido, Abel Fatala, Carlos Kirchner y Héctor Garro resultaron absueltos.
La sentencia original establecía un decomiso solidario de 84.835 millones de pesos para resarcir los daños derivados de sobreprecios, cartelización, abandono de obras y redeterminaciones de costos. Dicho monto debía indexarse mediante organismos técnicos una vez que el fallo quedara firme.
Cómo se actualizó el monto del decomiso
La condena quedó firme el 10 de junio de 2025, cuando la Corte Suprema rechazó los recursos extraordinarios presentados por Cristina Kirchner y el resto de los condenados, al tiempo que también desestimó el planteo de la fiscalía para que se incorporara el delito de asociación ilícita. A partir de esa decisión, el Tribunal Oral Federal N° 2 ordenó la ejecución del decomiso y dispuso la actualización de la suma fijada en la sentencia.

Junto con la ex presidenta también fueron condenados el empresario Lázaro Báez, el ex secretario de Obras Públicas José López, el ex titular de la Dirección Nacional de Vialidad Nelson Periotti y otros cinco ex funcionarios de la provincia de Santa Cruz, quienes recibieron penas de entre tres y seis años de prisión.
En la misma resolución, el Tribunal Oral Federal N°2 absolvió al ex ministro de Planificación Federal Julio De Vido, a los ex funcionarios Abel Fatala, Carlos Kirchner, primo del ex presidente Néstor Kirchner, y al ex funcionario santacruceño Héctor Garro, al considerar que no se había acreditado su responsabilidad penal en los hechos investigados.

Para realizar el cálculo intervino el Cuerpo de Peritos Contadores de la Corte Suprema, junto con expertos designados por las defensas y el Ministerio Público Fiscal. El monto definitivo fue establecido en $684.990.350.139,86, luego de aplicar la actualización mediante el Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el INDEC entre noviembre de 2022 y mayo de 2025, cuando el fallo ya había adquirido firmeza.
Sin embargo, la defensa de Cristina Kirchner volvió a cuestionar ese procedimiento. Los abogados Carlos Beraldi y Ary Llernovoy sostuvieron que la cifra fijada originalmente por el tribunal era provisoria y objetaron que el IPC fuera el índice elegido para actualizar el decomiso. De todos modos, el Tribunal Oral rechazó el planteo y la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por Mariano Borinsky, Diego Barroetaveña y Gustavo Hornos, confirmó posteriormente el criterio utilizado.
Cristina Kirchner fue juzgada por la doctrina del derecho penal del enemigo
Frente a esa decisión, los defensores presentaron un recurso de queja ante la Corte Suprema, que finalmente fue desestimado este jueves 2 por los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, quienes consideraron inadmisibles los planteos.
En la misma resolución, la Corte descartó otro de los recursos presentados en el expediente, esta vez por la defensa del empresario Lázaro Báez.
Su abogada, Yanina Nicoletti, sostuvo que el Tribunal Oral Federal N° 2 no era el órgano competente para ejecutar el decomiso respecto de su patrimonio y argumentó que esa tarea debía recaer en el Tribunal Oral Federal N° 4, que previamente lo había condenado en la causa conocida como "La Ruta del Dinero K".
El máximo tribunal también declaró inadmisible ese planteo, por lo que el TOF 2 continuará adelante con la ejecución de la medida sobre los bienes alcanzados por la condena.
La discusión por los bienes continúa abierta
Si bien la Corte dejó firme el monto actualizado del decomiso, todavía resta definir distintos aspectos vinculados con su ejecución.
En distintas presentaciones, la defensa de Cristina Kirchner cuestionó cuáles son los bienes que efectivamente pueden ser alcanzados por el decomiso y también planteó objeciones respecto de los derechos hereditarios de sus hijos sobre algunas de las propiedades incorporadas al proceso.

Por su parte, la fiscalía impulsó una postura opuesta y pidió ampliar el listado de bienes sujetos a ejecución. Entre ellos figura el departamento de la calle San José 1111, donde la expresidenta cumple actualmente prisión domiciliaria, además de otros inmuebles que el Ministerio Público considera que deberían integrar el patrimonio alcanzado por el decomiso.
Con la decisión conocida este jueves, la Corte Suprema dejó firme el monto de casi $685.000 millones que deberán afrontar solidariamente Cristina Kirchner, Lázaro Báez y el resto de los condenados en la causa Vialidad. La próxima etapa del expediente estará centrada en la ejecución patrimonial y en la determinación definitiva de los bienes que serán utilizados para hacer efectivo ese resarcimiento al Estado.
RG