POLITICA
Roces legales

La Corte porteña falló en un caso laboral y desafió a la justicia nacional

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires dictó sentencia en una causa por un accidente laboral y dispuso que los intereses deben calcularse en base al índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) y no según el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), como había sostenido la Cámara del Trabajo.

Integrantes del tribunal superior de justicia de la CABA 20251001
Luis Lozano, Marcela De Langhe, Inés Weinberg, Alicia Ruiz y Santiago Otamendi. | Prensa TSJ

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dictó la primera sentencia en un caso derivado de la justicia nacional laboral, tras el fallo “Levinas” de la Corte Suprema de Justicia y fijó una postura distinta a la de la Cámara del Trabajo en una sentencia por un accidente laboral. Lo que se discutía eran los intereses aplicables en juicios por accidentes laborales.

El caso comenzó con la demanda del trabajador Roberto Eduardo Boulanger contra Provincia ART por un accidente de trabajo ocurrido en febrero de 2023. La Cámara laboral había dispuesto que los intereses se calcularan según el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) más un 6% anual y una capitalización. En primera instancia, el cálculo se había hecho con la tasa activa del Banco Nación.

Este criterio era más beneficioso para el trabajador y cuestionado por las empresas.

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En el fallo de este miércoles, el Tribunal Superior de Justicia porteño dio vuelta ese criterio y resolvió que corresponde aplicar lo establecido por el Decreto de Necesidad y Urgencia 669/2019, que firmó Mauricio Macri en su último año en la presidencia, que dispone la actualización de los créditos laborales mediante el índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), un indicador que refleja la evolución promedio de los salarios.

Los jueces porteños señalaron en la sentencia, a la que tuvo acceso PERFIL, que la Cámara del Trabajo declaró la inconstitucionalidad del DNU 669/2019 “sin analizar si su aplicación irrogaba un perjuicio al trabajador”. Indicaron que el empleado “solicitó expresamente que la indemnización por incapacidad laboral definitiva sea actualizada por RIPTE”.

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Con esta decisión, el TSJ porteño sentó un precedente que impactará directamente en la forma de calcular las indemnizaciones por accidentes de trabajo. Dicho tribunal tiene más de 1000 causas similares que se encuentran en trámite, según aseguraron fuentes judiciales.

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La sentencia, que salió por una mayoría de cuatro contra uno (los jueces Luis Lozano, Marcela De Langhe, Inés Weinberg y Santiago Otamendi votaron a favor y Alicia Ruiz en contra) es la primera del TSJ porteño en materia laboral, tras el fallo "Ferrari, María Alicia c/ Levinas, Gabriel Isaías s/ incidente de incompetencia".

En diciembre del año pasado, la Corte Suprema de Justicia de la Nación reconoció la competencia del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad como instancia revisora de las decisiones de los tribunales nacionales con asiento en su territorio. Fue en la causa que iniciaron los herederos del artista plástico León Ferrari contra el periodista Gabriel Levinas, a quien acusaban de apropiación indebida de obras de arte.

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Cuestionamientos

El fallo “Levinas” fue cuestionado por distintos sectores de la justicia nacional: la civil, la laboral, la comercial, entre otras. Los objetores señalan que la intervención del TSJ porteño es inconstitucional. Sin embargo, desde otros espacios reivindican la legitimidad del máximo tribunal de justicia de la Ciudad para actuar. El abogado Andrés Gil Dominguez, que fue convencional constituyente de la Ciudad de Buenos Aires, consideró ante una consulta de PERFIL que la sentencia de la Corte respeta la autonomía de la Ciudad, prevista en la Constitución.