POLITICA
Slo la Justicia puede pedir el desafuero

Las dos alternativas que habilitan el juicio oral contra Menem

La primera es que sea despojado de sus fueros como senador nacional. La segunda es que se termine su mandato en 2011. La Constitución ampara al ex presidente con inmunidad parlamentaria.

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El ex presidente Carlos Menem sólo podrá ser sometido a juicio oral y público si es despojado de sus fueros como senador nacional por la Cámara alta, o tras el cumplimiento de su mandato, que vencerá recién en 2011

Menem fue procesado por el presunto ocultamiento al fisco de parte de su patrimonio y el juez federal Norberto Oyarbide dispuso hoy la elevación del expediente a un Tribunal Oral para la sustanciación del juicio público al actual senador por La Rioja.

Sin embargo, la Constitución Nacional ampara a Menem, que sólo irá al banquillo si pierde la inmunidad parlamentaria a través del desafuero, o por la extinción de su mandato como legislador.

"El juez Oyarbide ha hecho lo correcto: elevar la causa a un Tribunal Oral que sólo podrá avanzar si pide el desafuero de Menem al Senado y la Cámara (alta) lo dispone con el voto de los dos tercios de sus miembros", explicó a la agencia DyN el abogado constitucionalista Gregorio Badeni.

Si el Senado despoja a Menem de los fueros, "el Tribunal Oral que corresponda podrá seguir adelante. En ese caso, el legislador será suspendido por la Cámara para ser sometido a proceso. De otro modo, el juicio no puede realizarse", precisó el abogado.

Badeni recordó que durante la primera Presidencia del fallecido líder justicialista Juan Domingo Perón "la Cámara de Diputados dispuso el desafuero de Rica rdo Balbín para que fuera sometido a un gran número de causas judiciales. Fue un caso peculiar porque fue encausado por hechos por los cuales no se había pedido el desafuero, lo que constituyó una seria irregularidad".

Actualmente, la Justicia puede investigar, indagar y dictar el procesamiento de un legislador nacional sin requerir su desafuero al Congreso, cuyos miembros mantienen, sin embargo, inmunidad de arresto y una protección constitucional especial que impide que sean enjuiciados en audiencias públicas.

Así las cosas, Menem podrá ampararse en el artículo 70 de la Carta Magna para evitar el juicio público, pero el Tribunal Oral que intervenga en el caso tendrá la alternativa de requerir al Congreso el desafuero del riojano , quien podría perder la banca para ir al banquillo por presunta corrupción administrativa.

Fuente: DyN