La Justicia resolvió archivar la causa conocida como "Operación Puf" que investiga un supuesto complot para vincular al fiscal Carlos Stornelli con la causa por extorsión y espionaje ilegal con Marcelo D’Alessio. Así lo decidió el juez Luis Rodríguez a pedido del fiscal Jorge Di Lello.
La causa se inició tras la aparición de escuchas que involucran a exfuncionarios detenidos y referentes kirchneristas. El material llegó de forma anónima a manos de la diputada oficialista Elisa Carrió y del fiscal federal Carlos Stornelli.
Según detalla el portal El Destape, para los investigadores, “los elementos arrimados hasta el momento en el presente sumario no resultan suficientes como para avanzar en forma razonable con la pesquisa”.
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El expediente se abrió el 8 de febrero a instancias de una presentación de Stornelli. Existe, además, otra causa similar impulsada por Carrió, que instruye el juez federal, Claudio Bonadio.
La causa se originó tras la aparición de una serie de escuchas producto de una intervención al teléfono penal de Ezeiza, en el marco de una investigación contra el presunto narcotraficante Mario Segovia. Los audios también fueron difundidos públicamente en los programas La Cornisa de Luis Majul y Periodismo Para Todos (PPT), de Jorge Lanata.
Involucran, entre otros, a Roberto Baratta, exmano derecha del exministro de Planificación, Julio De Vido; al exembajador ante el Vaticano, Eduardo Valdés; al exsecretario de Transporte preso por la Tragedia de Once, Juan Pablo Schiavi; y quien sería, según la denuncia de Elisa Carrió, el exfuncionario kirchnerista Carlos Zelkovicz. También aparece Claudio "Mono" Minnicelli, cuñado de De Vido.
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Según reconstruyó el periodista Franco Mizrahi en El Destape, en su investigación Di Lello solicitó informes al juzgado federal N°2 de Lomas de Zamora (el que originalmente ordenó las escuchas en la causa por narcotráfico), a la Dirección de Asistencia Judicial de Delitos Complejos y Crimen Organizado (Dajudeco), y a la Agencia Federal de Inteligencia (AFI), para determinar la legalidad de los audios difundidos de forma anónima.
Lo llamativo fue que mientras el juzgado bonaerense aseguró haber ordenado la destrucción de esas escuchas, desde la AFI sostuvieron que no recibieron ninguna orden del tribunal provincial de destruir el material, por lo que disponían de las transcripciones. Este contrapunto derivó en la imposibilidad de determinar la legalidad de las escuchas.
Ante esto, Di Lello consideró que “los elementos arrimados hasta el momento en el presente sumario no resultan suficientes como para avanzar en forma razonable con la pesquisa”.
Y agregó: “La jurisprudencia ha aceptado, en general, el archivo de las actuaciones por imposibilidad de proceder cuando el material probatorio reunido en el expediente es insuficiente para probar el hecho denunciado o, probado el hecho, no sea posible atribuírselo a una persona determinada”.
MS/ CP