POLITICA

Otro golpe a la reforma K: suspenden la creación de cámaras de Casación

El juez Enrique Lavié Pico frenó las conformaciones de los nuevos tribunales. Sus fallos anteriores contra la Rosada.

El juez en lo Contencioso Administrativo, Enrique Lavié Pico, ya había fallado en contra del Gobierno por el DNU de las reservas.
| Cedoc

El juez en lo Contencioso Administrativo federal, Enrique Lavié Pico, suspendió la conformación de las nuevas cámaras de Casación, creadas por el Congreso en el marco de la reforma judicial impulsada por el Gobierno nacional, con conjueces, jueces subrogantes o surgidos de procesos “abreviados”.

La sentencia significa un virtual freno a la conformación inmediata de las cámaras de Casación en lo Contencioso Administrativo Federal, del Trabajo y la Seguridad Social y en lo Civil y Comercial.

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En una resolución de 15 páginas, el magistrado entendió que también resultan inconstitucionales las limitaciones a las medidas cautelares, dispuestas en otra de las leyes impulsadas por el Gobierno.

Lavié consideró que “resulta adecuado, en este estado del proceso, prevenir los perjuicios que pueda generar la posibilidad que se manifiesten actos que afecten el normal desenvolvimiento de los mecanismos reconocidos en la Constitución Nacional para la selección mediante concursos públicos de los postulantes a magistrados, antes que se pueda evaluar la validez o no de la norma”.

El fallo admitió “la existencia de un interés jurídico que justifica la admisibilidad de la medida, y que se traduce en el estado de peligro en que se encuentra el derecho principal, o la posibilidad o certidumbre de que la actuación normal del derecho llegará tarde”.

En otras palabras, la conformación de los tribunales mediante la designación interina de jueces por mecanismos no avalados por la Constitución Nacional podría causar un perjuicio a los aspirantes a esos cargos por la vía normal.

El juez hizo lugar a la medida cautelar y dispuso “en consecuencia, suspender la aplicación de lo dispuesto en el artículo 7, segundo y tercer párrafo de la ley 26.853 y cualquier acto de aplicación vinculado de manera directa con la norma citada, hasta tanto se dicte sentencia definitiva en la presente causa”.

Stand by. El planteo había sido formulado por el consejero de la Magistratura Alejandro Fargosi, quien reclamó que “se ordene al Poder Ejecutivo nacional que se abstenga de proceder a la integración de las Cámaras de Casación, según el procedimiento abreviado o mediante jueces subrogantes o conjueces, hasta tanto se dilucide la presente demanda por inconstitucionalidad”.Luego de conocerse el fallo, el consejero y abogado Fargosi indicó: “Además de la inconstitucionalidad en sí de la cobertura con subrogantes, la decisión del juez Lavié Pico establece con claridad que la saturación de juicios ocurre en primera instancia y no tanto en la etapa de apelación, por lo que no existe urgencia alguna que justifique la medida”.

Por eso, el representante de los abogados porteños en la Magistratura agregó que  “las Cámaras de Casación del paquete de supuesta democratización demorarán aún más los procesos judiciales”.

Desencuentros. Lavié Pico es un juez ya conocido para la Casa Rosada: en junio, falló contra la reforma al Consejo de la Magistratura y el límite a las cautelares contra el Estado que formaron parte de la reforma judicial.

En marzo de 2010, el juez de 43 años aceptó una cautelar que suspendió un DNU presidencial sobre el uso de reservas. Tras ese fallo, el oficialismo en el Congreso lo amenazó con llevarlo a juicio político en el Consejo de la Magistratura.