El Gobierno aclaró en el Boletín Oficial este miércoles 15 de enero que las islas Malvinas forman parte del territorio nacional y no son "un destino en el extranjero" para que se pague el recargo del 30% exigidos para los pasajes al exterior. La confusión se generó con la implementación de la Ley de Emergencia Social por lo que Latam, la única que opera en los dos vuelos mensuales que van de Córdoba y Río Gallegos a Malvinas, comenzó a cobrar el impuesto al llamado "dólar turista".
"Aclárese que las adquisiciones de servicios de transporte contempladas en el inciso e) del artículo 35, de la Ley N° 27.541, cuyo destino sea las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur, no se encuentran alcanzadas por la percepción establecida en la mencionada ley", aclaró el Poder Ejecutivo en el artículo 1° del decreto 4664.
El decreto llegó ante el pedido del secretario de Malvinas, Atlántico Sur y Antártida, Daniel Filmus, a la jefa de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, para que se haga una salvedad a los pasajes que se cobran con destino a las Malvinas ya que la ley de emergencia económica incluía a las islas entre los destinos "fuera del país" a los que se les recarga el aporte "solidario" del 30%.
La empresa LATAM, que es la única que opera en los dos vuelos mensuales que van de Córdoba y Río Gallegos a Malvinas, había comenzado a cobrar el impuesto instrumentado por la ley de emergencia económica a todos los pasajes con ese destino.
La compra de pasajes a las Malvinas no estará alcanzada por el recargo del 30 por ciento. La AFIP ratificó que no corresponde la aplicación del impuesto ya que las islas son parte integrante del territorio nacional.https://t.co/M1OUl7J1Jr
— Daniel Filmus (@FilmusDaniel) January 14, 2020
"La compra de pasajes a las Malvinas no estará alcanzada por el recargo del 30 por ciento. La AFIP ratificó que no corresponde la aplicación del impuesto ya que las islas son parte integrante del territorio nacional", explicó Filmus en su cuenta de Twitter.
La normativa aclaratoria de la AFIP ratifica así que el régimen de percepción del impuesto creado por la Ley 27.542 no resulta de aplicación para la adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo o por vía acuática que tengan como destino las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur.
En el decreto recodaron, además, "el denominado 'Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS)', se implementó con el objetivo de fomentar el desarrollo nacional con equidad, incentivar que el ahorro se canalice hacia instrumentos nacionales y, al propio tiempo, propender a la sostenibilidad fiscal".
DR/FF