POLITICA
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Procesan a Juan José Aranguren y Laura Alonso por el "Caso Shell"

El exministro de Energía y la titular de la Oficina Anticorrupción son investigados por negociaciones incompatibles en la función pública.

Juan José Aranguren y Laura Alonso
Juan José Aranguren y Laura Alonso | CEDOC

Laura Alonso, titular de la Oficina Anticorrupción (OA), y Juan José Aranguren, exministro de Energía, fueron procesados este viernes 6 de diciembre por decisión del juez federal Luis Rodríguez por contratos firmados por el Gobierno de Mauricio Macri con Shell. En el caso de Aranguren es por el delito de negociaciones incompatibles con la función pública y en el de Alonso, por encubrimiento y abuso de autoridad. 

La causa, en la que ambos fueron indagados la semana pasada, comenzó por una denuncia de los legisladores del Frente para la Victoria (FpV), Rodolfo Tailhade y Martín Doñate. La presentación se hizo en el año 2016 y apuntaba a determinar si Aranguren incurrió en el delito de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública. En particular, señalaba las decisiones tomadas durante su gestión, que —según la denuncia— habrían apuntado a beneficiar a la petrolera Shell en operaciones de compra de gas a Chile, lo que supondría para él un beneficio económico al continuar siendo accionista del Grupo Royal Dutch Shell PLC.

En el caso de Alonso, la hipótesis de la justicia es que, como titular de la OA, habría encubierto la conducta de Aranguren, cuando estaba obligada a investigarlo.  El procesamiento es por el delito de encubrimiento para ayudar a eludir las investigaciones de la autoridad o a sustraerse a la acción de ésta, agravado por ser funcionaria pública, en concurso ideal con el delito de abuso de autoridad.

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En su resolución de 136 páginas, Rodríguez sostuvo que: “el denominador común que poseen las conductas reprochadas a los imputados Aranguren y Alonso, radica en que las acciones de los mismos son impropias a los compromisos internacionales asumidos por nuestro país en materia de anticorrupción”.

Tras lo cual apuntó directo a la titular de la OA y aseguró: “pero lo paradójico de este expediente es que Laura Alonso se encuentra a cargo de la Oficina Anticorrupción, es decir, el organismo administrativo que debía controlar la actividad del entonces Ministro de Energía y Minería de la Nación, Ing. Juan José Aranguren”.

Luego, el magistrado agregó que: “se ha demostrado, con el grado de certeza aquí exigido, que Juan José Aranguren en su calidad de Ministro de Energía y Minería se interesó en que la empresa Shell incrementara sus operaciones de importación de petróleo crudo y derivados, demorando los controles que le correspondían en razón a su cargo y determinando tardíamente la implementación de un registro que permitiera controlar esta situación”.

En esa línea, sostuvo: "Y que ello permite dar por acreditado el aspecto objetivo de la figura de negociaciones incompatibles en el ejercicio de la función pública en orden al incremento desmedido de la empresa Shell”. En tanto que, sobre las resoluciones tomadas en el caso por Alonso, Rodríguez consideró que "parecen estar más dictadas para calmar un clamor social en torno a una tenencia de acciones que no se encuentra prohibida por ley, que para disipar las cuestiones allí planteadas por los denunciantes en orden a los fines propios de esa oficina, esto es la lucha contra la corrupción”.

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Para el juez, "todo esto sirvió como un vil intento de ayudar al encartado Aranguren a evitar la investigación llevada a cabo por estos estrados, dándole el respaldo de quien se encuentra a cargo de la oficina que debe velar por el cumplimiento de las previsiones establecidas en la Convención Interamericana contra la Corrupción”.

Con sus procesamientos, ambos se convierten en los dos nuevos funcionarios o ex funcionarios de Cambiemos en esta situación. Se suman a Luis María Blaquier, ex funcionario del actual oficialismo, quien fue procesado en el marco de una causa en la que se investigan irregularidades en el manejo del Fondo de Garantías de Sustentabilidad (FGS) del ANSES.

 

CD/FF