POLITICA
ELECCIONES 2015

Quieren impedir un acto de Cristina violatorio de la veda electoral

El diputado Manuel Garrido presentó un recurso de amparo ante Servini de Cubría. Qué prohibición ignoraría la Presidenta ante un acto de gestión.

Si Cristina realiza anuncias, violaría la ley electoral vigente.
| Cedoc

El diputado y candidato a renovar su banca por el frente Progresistas, Manuel Garrido, presentó un recurso de amparo ante la jueza federal María Servini de Cubría para que la presidenta Cristina Fernández de Kirchner no haga este miércoles el anuncio del aumento de las jubilaciones, por considerar que es "una actividad electoral ilegal".

El escrito presentado por Garrido a la magistrada con competencia electoral sostiene que la Presidenta y los funcionarios nacionales "deben abstenerse de participar en el acto previsto para hoy al mediodía en el Salón de las Mujeres de la Casa Rosada" de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 64 quáter del Código Electoral Nacional, ley 19.945.

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El diputado recuerda que la ley electoral prohíbe "durante los 15 días anteriores a la fecha" de la elección "la realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo y, en general, la realización de todo acto de gobierno que pueda promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales".

Garrido expone en su presentación que "estamos dentro del período temporal de la prohibición y el acto indudablemente apunta a captar el sufragio a favor de los candidatos del de gobierno, que la presidenta representa, tratándose de anuncios que pueden inducir al votante". "Si bien el aumento semestral de las jubilaciones es una obligación legal que recae sobre el Poder Ejecutivo Nacional, no surge de la ley la obligación de publicar el número del aumento en una fecha determinada", es el argumento de Garrido.

Qué dice la ley. El artículo 64 quater, del Capítulo IV bis, del Título III del Código Electoral Nacional consigna: "Publicidad de los actos de gobierno. Durante la campaña electoral, la publicidad de los actos de gobierno no podrá contener elementos que promuevan; expresamente la captación del sufragio a favor de ninguno de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales. Queda prohibido durante los 15 días anteriores a la fecha fijada para la celebración de las primarias, abiertas simultáneas y obligatorias y la elección general, la realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo y, en general, la realización de todo acto de gobierno que pueda promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales".