SOCIEDAD
Transporte eléctrico

Triciclos eléctricos en Argentina: qué dice la ley y por qué aún no están habilitados

La iniciativa para sumar triciclos eléctricos al transporte urbano reavivó el debate sobre seguridad vial y regulación, pero su implementación depende de una homologación nacional aún pendiente.

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triciclos eléctricos | NA

La posible incorporación de triciclos eléctricos al sistema de transporte urbano volvió a abrir un debate en torno a la innovación, la seguridad vial y el rol del Estado en la regulación de nuevas formas de movilidad. El eje de la discusión no pasa por una decisión municipal, sino por un requisito central: la homologación nacional de los vehículos.

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La iniciativa surgió a partir de un proyecto impulsado por la empresa GOU Argentina, que busca operar en la ciudad de Posadas, Misiones, mediante una aplicación de viajes basada en triciclos eléctricos de tres ruedas para trayectos cortos. Sin embargo, desde el municipio advirtieron que, mientras no exista una autorización técnica a nivel nacional, no es posible habilitar ni regular este tipo de servicio.

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Homologación nacional: el requisito clave para habilitar triciclos eléctricos

Según pudo saber la Agencia Noticias Argentinas, las autoridades locales aclararon que la implementación de estos vehículos no depende de una ordenanza municipal, sino de la obtención de la Licencia de Configuración de Modelo (LCM), un permiso que otorgan organismos nacionales tras evaluar las condiciones técnicas y de seguridad de cada unidad.

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Sin esa homologación, los triciclos eléctricos no pueden ser encuadrados dentro de ninguna categoría habilitada para el transporte de pasajeros. Tampoco pueden definirse aspectos clave como el tipo de licencia de conducir requerida, la contratación de seguros obligatorios ni los controles técnicos necesarios para circular en la vía pública.

Seguridad vial y transporte informal: uno de los ejes del debate

Por el momento, no existen antecedentes formales de habilitaciones de triciclos eléctricos para transporte de pasajeros en otras ciudades del país. Las homologaciones tienen alcance nacional y no pueden resolverse de manera aislada por cada municipio, lo que deja a las iniciativas locales atadas a los tiempos y criterios de los organismos de control nacionales.

Desde GOU Argentina sostienen que sus unidades cumplen con las especificaciones técnicas exigidas: cuentan con tres ruedas, motor eléctrico, una velocidad máxima de 35 kilómetros por hora, autonomía de hasta 120 kilómetros y capacidad para transportar hasta tres pasajeros. Además, se cargan en tomas domiciliarias de 220 voltios y no emiten gases contaminantes.

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“Son más seguros que una moto y menos invasivos que un auto”, afirmó uno de los referentes de la empresa, quien atribuyó parte de las críticas a la resistencia de algunos sectores frente a los cambios en los esquemas tradicionales de transporte.

Seguridad vial y transporte informal

Desde el Municipio de Posadas reconocieron el potencial de estos vehículos como alternativa para reducir los riesgos asociados al transporte informal de pasajeros en motocicletas, una práctica extendida en la ciudad pero sin cobertura de seguros ni garantías para los usuarios.

En ese sentido, destacaron que los triciclos eléctricos ofrecen mayor estabilidad, cabina cerrada y protección frente a las condiciones climáticas, además de una menor contaminación sonora. También subrayaron su impacto ambiental positivo y los menores costos operativos por kilómetro, en línea con una matriz energética más limpia.

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No obstante, las autoridades remarcaron que el análisis de la rentabilidad del negocio corresponde exclusivamente a las empresas y que cualquier habilitación deberá ajustarse estrictamente al marco normativo vigente.

El antecedente del auto eléctrico Tito

El debate no es nuevo en la Argentina. Un antecedente que suele mencionarse es el del auto eléctrico Tito, fabricado por la empresa Coradir, que logró ser homologado bajo la normativa L7. Esta categoría, compartida por otros vehículos eléctricos livianos, permite su circulación en calles y avenidas, pero excluye rutas y autopistas.

La normativa L6/L7 establece además un régimen de seguridad diferente al de los automóviles tradicionales. Bajo ese encuadre, estos vehículos pueden comercializarse sin sistemas obligatorios como frenos ABS, doble airbag frontal o control de estabilidad, lo que genera reparos entre especialistas en seguridad vial y movilidad eléctrica.

Desde el sector advierten que cualquier intento de ampliar el uso de este tipo de unidades requiere una revisión profunda del marco regulatorio y la intervención de los organismos nacionales competentes, especialmente cuando se trata del transporte de pasajeros.