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Norma laboral internacional

La OIT aprobó un convenio antiacoso, sin el apoyo del empresariado argentino

Con 439 votos a favor se adoptó en Ginebra una normativa contra la violencia con perspectiva de género. La abstención fue “por cuestiones técnicas”, indicó Funes de Rioja.

17/04/2019 acoso
El acoso callejero, un reclamo que crece. | https://www.bcn.cl

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) adoptó en Ginebra un convenio global contra la violencia y el acoso, con perspectiva de género, que deberá ser refrendado por cada país miembro. El convenio tuvo 439 votos a favor, 7 abstenciones y 30 en contra. La Argentina sumó uno de esos votos neutros: fue el de Daniel Funes de Rioja, representante por el sector privado en la comitiva local. 
El convenio establece que la violencia y el acoso en el mundo del trabajo “pueden constituir un incumplimiento o una inobservancia de los derechos humanos y poner en riesgo la igualdad de oportunidades, y que son inaceptables para lograr un trabajo decente”. 
Entre los votos positivos del país estuvieron el representante de los trabajadores y titular de la Uocra, el gremio de la Construcción, Gerardo Martinez; Germán Proffen, de la coordinación de los Asuntos Políticos; y Estefanía Porta, secretaria segunda, ambos integrantes de la representación permanente de la Argentina en Ginebra. 
Consultado por PERFIL, Funes de Rioja, abogado de la Unión Industrial Argentina y titular de la Coordinadora de Industrias Alimentarias (Copal), señaló que “la abstención es por cuestiones técnicas y para evitar imprecisiones que vayan más allá del fin compartido de prevenir y sancionar acoso y violencia en el lugar de trabajo”.
“Más de treinta votos fueron por la abstención aclarando que se compartían los fines y propósitos pero que podía dar lugar a interpretaciones judiciales expansivas apartándose del espíritu de la norma discutida en la OIT”, agregó Funes de Rioja.
La “violencia y el acoso” se definen como comportamientos, acciones o amenazas “que tengan por objeto, que causen o sean suceptibles de causar, un daño físico, psicológico, sexual o económico”. Los Estados miembros de la OIT tienen la responsabilidad de promover un “entorno general de tolerancia cero” frente a la violencia.
Entre los puntos incluye la protección del denunciante y los testigos, la no revictimización, la confidencialidad y el respeto a los derechos y las garantías mínimas de los procedimientos. Además establece una comisión de género a cargo de las consultas y orientación y asesoramiento por las denuncias. Se incluye la posibilidad de tramitar una licencia por violencia de género

Aplicación. “El convenio se aplica a la violencia y el acoso en el mundo del trabajo que ocurren durante el trabajo, en relación con el trabajo o como resultado del mismo”, detalla el documento.
Abarca tanto el lugar de trabajo como los espacios públicos y privados cuando son lugares de trabajo, las áreas de pago, descanso o comida, las instalaciones sanitarias, los viajes y las actividades sociales vinculadas al trabajo y las comunicaciones relacionadas, además del trayecto al trabajo.
La OIT no adopta una normativa laboral internacional desde hace ocho años, en 2011, cuando los delegados votaron el convenio sobre las trabajadoras y los trabajadores domésticos.