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Boletín Oficial

La Anmat prohibió un café instantáneo y una marca de duraznos enlatados

Los productos son considerados "ilegales" y "no aptos" por tener características alteradas y rotulaciones falsas.

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Anmat prohibió un café instantáneo. | Unsplash

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica ( ANMAT) prohibió este miércoles 18 de septiembre la comercialización de un café instantáneo y unos duraznos enlatados en todo el país. Así lo dio a conocer mediante las disposiciones 7447/2019 y 7749/2019, publicadas en el Boletín Oficial.

En primer lugar, la Anmat limitó la comercialización de "Duraznos amarillos en mitades comunes en jarabe diluido libre de gluten, peso neto 820 gramos, peso escurrido 485 gramos, Marca Aisol, Lote: 1808808, vencimiento: mar/2021, RNPA N° 13-046924, RNE N° 13-006873, La Gioconda S.A, Av. Mitre N° 2569, San Rafael, Mendoza". De acuerdo a la resolución, el Laboratorio de Alimentos de la Dirección de Calidad Alimentaria de la Provincia de Córdoba evalúó la muestra del producto y concluyó que era “no apto”.

El análisis del producto evidenció que la pared interna del envase de color general plateado contenía “abundantes manchas de color oscuro compatible con óxido, la superficie interna de la tapa y base del envase presentan suave coloración dorada”, con características “alteradas”, por lo que se prohibió la comercialización, transporte y exposición en todo el territorio de la provincia de Córdoba y del país del producto en cuestión.

La Anmat prohibió la comercialización de un endulzante y una marca de leche en polvo

En tanto, mediante la resolución 7749/2019, se limitó la comercialización del producto: “Café torrado instantáneo”, marca Torre Molinos, RNPA N° 21-088096, RNE N° 21-001741, que no cumple con la normativa vigente por estar falsamente rotulado, por lo que se considera ilegal.

La identificación del producto como ilegal surgió a raíz de una denuncia recibida en la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAl), según la cual se expuso que el establecimiento elaborador, la razón social: Explotaciones El Monaguillo y/o Unibind S.A., con domicilio en Raúl Scalabrini Ortiz 974, CABA, “estaría utilizando indebidamente la numeración que oportunamente la ASSAl le otorgó al denunciante”.

Según el Boletín Oficial, en dicho domicilio se encuentra un establecimiento de nombre de fantasía “Unibind” de venta de productos de encuadernación y de oficina, “que no se observa el producto denunciado a la venta ni su publicidad ni otro producto alimenticio”.

En tanto, la firma Unibind Argentina S.A presentó una carta documento en respuesta a la carta documento enviada por la firma elaboradora, quien solicita el cese de utilización y uso de la numeración indebida, donde fundamenta que “el error en el rótulo se debió exclusivamente a un error involuntario de la planta de fraccionamiento donde se mezcló una vieja bobina con los datos consignados a la firma que anteriormente elaboraba. y envasó una sola partida”. Asimismo, la firma expresó que no se encuentra en el mercado ningún envase con esa denominación.

Las resoluciones publicadas en el Boletín Oficial:

 

A.G./FeL