Este miércoles la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el país de una miel calificada como un "producto ilegal", dado que presentaba irregularidades en su rótulo y composición.
Se trata de la miel "La Tranquera", elaborada por "Omar González en Belgrano 17 Bis - 2128, de Arroyo Seco, en la provincia de Santa Fe (RNE 21-062424, RNPA 21-088970)". Según precisó el artículo 1° de la disposición 9312/2022 del Boletín Oficial de este miércoles 23 de noviembre, firmada por el titular del organismo, Manuel Limeres, esta "carece de registros de establecimiento y de producto".
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"Exhibe en el rótulo un número de RNE inexistente y de RNPA perteneciente a otro producto y vencido", explicó el documento que comunica la restricción del producto y, además, detalló que este contiene "hidroximetilfurfural en un porcentaje superior al permitido por el CAA".
En consecuencia, según señaló el artículo 2°, se determinó la prohibición de "la comercialización en todo el territorio nacional de todos aquellos productos que exhiban en sus rótulos los registros sanitarios RNE 21-062424 y RNPA 21-088970", ya que "son productos falsamente rotulados que utilizan un número de RNE inexistente y un RNPA vencido".
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La investigación que derivó en la decisión de ANMAT inició en base a una notificación de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAl), donde se reportó que dicho producto no cumplía con la normativa alimentaria vigente.
De esta manera, se procedió a la toma de muestras oficiales que fueron analizadas, detectando así la "presencia de glucosa en su composición y 79,2 mg HMF/Kg miel (hidroximetilfurfural)", además de la falsa rotulación, por lo que se pasó al "decomiso, desnaturalización y destino final" de dicha miel.
"A fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales y al no poder garantizar su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad", el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomendó que se prohibiera la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el país del producto circulante.
AS/ff