SOCIEDAD
Prevención

ANMAT prohibió la comercialización de una marca de fideos secos

El organismo descubrió una doble fecha de vencimiento en el rotulado. Además, la empresa había dado de baja el producto.

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Fideos secos | Freepik

A través de una denuncia realizada en Neuquén, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización de una marca de fideos por errores de rotulado. Se trató de una notificación de la Dirección de Bromatología de la ciudad de Tricao Malal luego de percibir que los fideos tenían una doble fecha de vencimiento en el packaging

La investigación continuó y el organismo que aprueba los alimentos descubrió que en el empaquetado figuraba una dirección incorrecta sobre el sitio donde se fabricaba el producto, luego de una consulta al Departamento de Nutrición e Higiene de los Alimentos de Mendoza.

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Según constaba en la información, los fideos eran fabricados en la ciudad de San Rafael de dicha provincia. Desde el departamento mendocino aseguraron, además, que el producto "fue dado de baja por solicitud de la empresa, al igual que todos los RNPA de los cuales la marca Don Emilio era titular en su momento: Fideos Semolados RNPA 13036184, Fideos Semolados RNPA 13036185, Fideos Semolados RNPA 13036186 y Fideos Semolados RNPA 13036187". 

En la misma dirección se pudo constatar que funciona actualmente otra compañía. La noticia se conoció este 22 de noviembre ante una publicación en el Boletín Oficial. 

A raíz de esto, la ANMAT decidió prohibir "la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del producto Fideos secos semolados Ojitos marca Don Emilio - Peso Neto 500 g. - Vencimiento 06/2014 y VENCE 12/2023 - RNE 13-005857, RNPA 025 13-036187, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por exhibir números de RNE y RNPA dados de baja, y por estar falsamente rotulado al indicar doble fecha de vencimiento, resultando ser un producto ilegal".

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Fideos semolados prohibidos por ANMAT.

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Además, agregaron que en el marco de la protección de la salud de los habitantes del país, se suspende la comercialización del producto “por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad".

GI/fl