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polémica en tribunales

Avalan que los bienes decomisados en una causa de trata vayan a las víctimas

El juez Casanello y la UIF se enfrentan por el destino del producto de los delitos.

Fiscales y jueces contra la trata.
Fiscales y jueces contra la trata. | Cedoc

Explotación sexual y el nombre de un prófugo ex agente de inteligencia como Raúl Martins protagonizan las fojas de un caso en el que por estos días se debate el futuro de una serie de bienes secuestrados en una causa de lavado. En ese marco, tres fiscales mujeres insistieron para que los bienes decomisados vayan a las víctimas de trata, tal como lo había dispuesto el juez federal Sebastián Casanello, precisamente porque la causa original investigaba la explotación sexual. La resolución del magistrado va en consonancia con el proyecto de ley presentado recientemente por el Poder Ejecutivo, para el destino de los bienes producto de este ilícito. Pero ahora en el caso deberá intervenir la Cámara Federal de Apelaciones, porque la Unidad de Información Financiera (UIF) reclamó que lo decomisado quede bajo el control del organismo.

La Unidad  apeló la decisión de Casanello al entender que es una causa de lavado  y que la ley correspondiente sostiene que lo decomisado en ese tipo de expedientes debe ir al financiamiento de la dependencia, explicaron fuentes del organismo.

En el epicentro del caso están las propiedades que fueron adquiridas a través de distintas maniobras que involucraron a Mariano Martins, hijo de Raúl Martins –prófugo en México y con pedido de extradición-, y a su abuela, Cledi Presilla Coggiola, con dinero proveniente de la trata. Se trata de propiedades en la zona de San Roque, Córdoba, y en Colonia San Jorge, Santa Fe. La mujer murió este año y fue luego de eso que la UIF pidió el decomiso de los bienes investigados. Allí surgieron las diferencias: para Casanello, deben ir para la asistencia de las víctimas del delito y para la UIF, como se trata de un caso de lavado, al financiamiento de la unidad.

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Para Casanello, los bienes incautados deben ir para la asistencia de las víctimas del delito y para la UIF, como se trata de un caso de lavado, al financiamiento de la unidad.

En su presentación, el organismo sostuvo: que “agravia a esta parte la resolución recurrida toda vez que destina los bienes objeto de decomiso a un fin que no resulta adecuado para subsanar el perjuicio ocasionado al bien jurídico protegido por el tipo penal de lavado de activos, es decir, el orden económico y financiero”.

En referencia al reclamo del Unidad, Casanello sostuvo que “en este caso, la naturaleza de los hechos precedentes aconseja otro proceder”. Señala que si bien el artículo 20 de la ley 26.683 contiene la parte sobre la cual se apoya la UIF, la misma norma señala en su artículo 5, al incorporar la norma del 305 al Código Penal, que “los activos que fueren decomisados serán destinados a reparar el daño causado a la sociedad, a las víctimas en particular o al Estado. Sólo para cumplir con esa finalidad podrá darse a los bienes un destino específico”. Al tiempo que resaltó que: “nuestro país está comprometido internacionalmente a brindar a las víctimas las herramientas necesarias para permitir la obtención de una indemnización y restitución”.

Agregó que, “dada la naturaleza de los ilícitos considerados precedentes del lavado acreditado en estas actuaciones, corresponde guiarse por la ley 26.364 para decidir el destino de los bienes. Concretamente, se prevé allí que integren el fondo de asistencia directa a las víctimas administrado por el Consejo Federal para la Lucha contra la Trata y Explotación de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas”.

Su postura tuvo el aval de las fiscales Paloma Ochoa, a cargo del caso, Alejandra Mángano, cotitular de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX) y María del Carmen Chena, a cargo de la Dirección General de Recuperación de Activos y Decomiso de Bienes de la Procuración General de la Nación. En un escrito al que accedió PERFIL, las mujeres citaron jurisprudencia, y sostuvieron que no quedan dudas que el origen de los fondos utilizados por Coggiola provienen de las actividades de trata y explotación  de la prostitución ajena, “de un sinnúmero de víctimas”, a las que se les han vulnerado todos sus derechos humanos fundamentales, asimilándolas a objetos que se comercializan.

 

La postura de Casanello tuvo el aval de las fiscales Paloma Ochoa, a cargo del caso, Alejandra Mángano, cotitular de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX) y María del Carmen Chena, a cargo de la Dirección General de Recuperación de Activos y Decomiso de Bienes de la Procuración General de la Nación.

Allí resaltaron: “en efecto, no hay dudas de la función reparatoria que cumple el decomiso para quienes sufrieron el delito  y “muchas veces quedan olvidadas dentro del sistema penal”.

Ochoa, Mángano y Chena, también hicieron referencia al reciente proyecto enviado por el Ejecutivo al Parlamento. “Finalmente, debemos destacar que recientemente el Poder Ejecutivo Nacional (al que pertenece la Unidad de Información Financiera) ha remitido a instancias del Consejo Federal para la Lucha contra la Trata y Explotación de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas un proyecto de ley de Creación Fondo de Asistencia a Víctimas de Trata”.

También hicieron alusión a que allí se introduce una modificación en uno de los artículos relacionados con el tema. Y en ese sentido se establece que “Quedan exceptuados de lo dispuesto en el presente artículo los decomisos ordenados en los casos de lavados de activos cuyo ilícito precedente esté relacionado a la trata y explotación de personas, en cuyo caso, los decomisos tendrán como destino específico un fondo de asistencia directa a las víctimas administrado por el Consejero Federal para la Lucha contra la Trata y Explotación de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas”.

CD CP