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Coronavirus: presentaron un amparo para irse a la costa y se lo negaron

Una familia apeló a un hábeas corpus en la justicia para hacer la cuarentena en una zona de veraneo y le contestaron en tiempo récord.

Cola de autos en la ruta para llegar a la costa atlantica
Cola de autos en la ruta para llegar a la costa atlantica | Twittr

La Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas rechazó en tiempo récord un recurso de hábeas corpus de una familia que pedía irse a la costa para cumplir con la cuarentena obligatoria.

Según el portal Ijudicial, La Sala conformada por los jueces Marcelo Vázquez, Elizabeth Marum y Fernando Bosch, confirmaron en menos de 24 horas lo resuelto en primera instancia y dejaron sin efecto el hábeas corpus solicitado a través de un correo electrónico que pedía el desplazamiento a Costa del Este “a fin de cumplir en ese lugar el aislamiento obligatorio dispuesto por el Poder Ejecutivo”. 

El solicitante entendía que se veían afectadas su salud, vida y libertad personal frente a la imposibilidad de movilizarse a la costa. 

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Detuvieron a una pareja de repatriados por negarse a cumplir la cuarentena obligatoria

Los camaristas desestimaron este pedido de manera casi inmediata, en sintonía con el fallo del juez Pablo Casas que intervino en primera instancia. Ambos argumentaron que en este período excepcional no existe “una limitación o amenaza actual de la libertad ambulatoria”. 

La Sala fue inflexible al dejar en claro que todos los ciudadanos “deberán permanecer en sus residencias habituales o en la residencia en que se encuentren a las 00.00 horas del día 20 de marzo de 2020”, de acuerdo al Decreto de Necesidad y Urgencia 297/2020 del Poder Ejecutivo Nacional, dictado el jueves pasado. 

También ratificaron que la finalidad de la cuarentena, como medida excepcional, es la de prevenir la circulación social del COVID-19 y evitar que se afecte la salud pública. “No pueden admitirse otras excepciones a las previstas en la propia norma”, explicaron en el fallo.

Los jueces cerraron el fallo resaltando que “la única medida cuya eficacia ha quedado demostrada para reducir el impacto de la pandemia es el aislamiento preventivo”, sobre todo para que los potenciales casos se eviten o reduzcan y de esta forma se evite un colapso del sistema sanitario.

MCer CP