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Por 45 días

Entre Ríos dispuso el cese preventivo de canteras de arena en Islas de Ibicuy y Gualeguaychú

El gobierno provincial suspendió a nueve empresas de extracción de arenas silíceas en esos departamentos tras la finalización del plazo de habilitación para su explotación.

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Extracción de arena silícea | Gtlza. Sec de comunicación de Entre Ríos

Entre Ríos ordenó el cese preventivo de actividades de canteras de arenas silíceas en Islas Ibicuy y Gualeguaychú, al sur del territorio provincial. La medida que regirá durante 45 días e invita las empresas que no tienen el Certificado de Aptitud Ambiental a regularizar su situación, según indica el comunicado oficial.

Luego de una audiencia en el Tribunal Federal de Gualeguaychú, autoridades de la provincia y de las empresas acordaron el cese preventivo de nueve canteras de extracción de arena silícea y cuatro plantas de lavado que desplegaban su actividad las Zonas I, II, III, IV y V de los ríos Paraná y Uruguay.

La medida cautelar ocurrió luego de que las empresas concluyeran con el plazo de habilitación para la explotación de este tipo de áridos, y tras haber sido "intimadas en tiempo y forma para cumplimentar las exigencias que establecen las normativas para este tipo de producciones extractivas". 

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De las 14 areneras radicadas en las zonas, a nueve se les dispuso el cese de actividades. De estas nueve, tres poseen informe técnicos favorables y se encuentran en proceso administrativo de certificación (dos para renovación y una en la etapa de participación ciudadana).

Para poder reanudar las actividades, las empresas deberán presentar los informes técnicos que exige este tipo de explotaciones y contar con el Certificado de Aptitud Ambiental (CAA), otorgado por la Secretaría de Ambiente dependiente del Ministerio de Producción, Turismo y Desarrollo Económico, con el fin de que cumplan con las normativas para prevenir la degradación del ambiente o el impacto negativo sobre el medio natural o antrópico.

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“El objetivo es regularizar el cumplimiento de la Ley de Minería y de la Ley Nacional de Ambiente”, señaló el fiscal de estado Julio Rodríguez Signes. Explicó que existen dos tipos de habilitación para las areneras y las canteras: una que debe tramitarse en la Secretaría de Minería, a partir del registro como establecimiento minero habilitado para la extracción de arena; pero, además, se necesitan Certificados de Aptitud Ambiental del trabajo a realizar, otorgados por la Secretaría de Ambiente.

"Entre Ríos se ha convertido en proveedora de arena para las producciones petrolíferas de Vaca Muerta, y que en estos últimos años se ha ido intensificando, producto de que la arena en vez importarse se está obteniendo arena de origen nacional, entre las cuales las de Entre Ríos son aptas. Esto dio pie a una intensificación de la actividad minera en cuanto arenas se refiere", agregó al respecto.

Con respecto al amparo presentado por el abogado Ricardo José Luciano en representación de Carlos Humberto Cadopp, Rodríguez Signes manifestó que la medida dispuesta por el gobierno provincial se dio tras la audiencia de conciliación concertada por el juez federal de Gualeguaychú, de la que participó junto al ministro de Producción, Juan José Bahillo.

Aseveró que en esa audiencia el juez resolvió un plazo de 45 días "para revisar todas las autorizaciones que tienen las areneras para sus actividades", en línea con la propuesta provincial. "Lo que se pactó fue un plazo en el cual se regularizara la situación", aseveró, y añadió que existe "otro amparo similar" contra la provincia pero que se encuentra en el fueros provinciales.
"En este caso el que se interesó fue el Juez Federal, porque el tema ambiente trasciende la competencia provincial exclusivamente y es un tema en el que ejercen competencias concurrentes las provincias, la Nación, los municipios”, señaló.

CDI CP