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Aislamiento social obligatorio

Un country de Pilar multa con hasta $30.000 a socios que violen la cuarentena

Fuego cruzado entre socios de un country por multas por violación de la cuarentena

.ElBarranco
Aplican multas de $ 15.000 y de $ 30.000 pesos a socios de country que no cumplen el aislamiento social obligatorio. | Captura de Pantalla

No todos los aislamientos por el coronavirus son iguales. Es una obviedad. Cuestiones de espacios y de habitante por metro cuadrado marcan una de esas diferencias. Pero los efectos que causan a unos y a otros a veces pueden ser comunes. La demanda social, o el deber ante la pandemia, abarca a unos y a otros. El deseo de muchas personas de saltar las normas se profundiza a medida que se avanza en la cuarentena y genera una hipersensibilidad entre, por ejemplo, los miembros de un exclusivo barrio cerrado. Esto es lo que sucede en el country El Barranco, ubicado en el kilómetro 38,5 ramal Pilar, o como se lo ubica comunmente, el que está frente al Tortugas.

El directorio de esta minicomunidad de 50 familias informó a sus habitantes que se detectó "el incumplimiento por parte de algunos socios del aislamiento social preventivo obligatorio al efectuar actividades prohibidas tales como caminatas, paseos de mascotas, actividades físicas, circular en bicicleta, salidas no debidamente justificadas, etc." Por eso, a quienes incumplan con el aislamiento aplicarán "una multa de $ 15.000 ante el primer incumplimiento, y de $ 30.000 en caso de verificarse una segunda infracción a dicha restricción; más allá de las denuncias a las Autoridades Nacionales de las que sean pasibles". En la argumentación a la aplicación de esa multa, se detalló que el incumplimiento del aislamiento "no sólo un delito, sino también una muy reprochable falta de ética".

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Justificativo en la mira. La comunicación a los socios del country El Barranco de las multas de $15.000 y de $30.000 a quienes no cumplan con el aislamiento social obligatorio (no justificado) dentro de las áreas comunes del predio se generó porque una de sus habitantes —propietaria de un lote propio de mil metros cuadrados aproximadamente— realizó caminatas fuera del perímetro de su propiedad.

Ante el llamado de atención de su inconducta, es decir de que estaba fuera de su propiedad y de que no tenía un justificativo que lo ameritara, la propietaria —cuyo nombre PERFIL se reserva— esgrimió un certificado médico firmado por una familiar directo que informa que por su estado debe realizar "caminatas diarias con los recaudos posibles dada la pandemia del COVID19". Esa familiriadad médico-paciente generó dudas y se le advirtió nuevamente de su inconducta y de la multa. Y se pidió a los vecinos que colaboren para que todos cumplan con la obligatoriedad del aislamiento.

Ante esa situación la respuesta de dicha mujer y de su familia al Directorio fue que pedir que dada la reclusión indeseada "no iniciaran una caza de brujas" y que la "escapada nocturna" que el grupo familiar hizo fue de noche para no importunar al resto de los socios. Además, planteó que se tuviera en cuenta —no como justificativo— la existencia de menores "que no entienden por qué deben estar recluidos". Por supuesto, se pidió desestimar la multa para evitar una escalada de conflictos.

EI/FF