AGRO
Emergencia hídrica

La AFIP extiende beneficios fiscales a los afectados por la bajante del río Paraná

La medida contempla a los contribuyentes de las localidades ribereñas en Formosa, Chaco, Corrientes, Santa Fe, Entre Ríos, Misiones y Buenos Aires. 

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Los especialisas prevén que el caudal vuelva a descender, tanto en la provincia de Entre Ríos como en Corrientes | weekend

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó que extendió hasta el 17 de diciembre el plazo para solicitar los beneficios fiscales para las localidades afectadas por la bajante del río Paraná en las provincias de Formosa, Chaco, Corrientes, Santa Fe, Entre Ríos, Misiones y Buenos Aires. 

El Consejo Nacional para la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil será el encargado de definir las localidades alcanzadas por la normativa, señaló el organismo.

La medida forma parte de las herramientas previstas en el marco del Decreto 482/2021 que declaró el “estado de emergencia hídrica” para los sectores abarcados por la región de la cuenca del río Paraná.

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Por la bajante del río Paraná se perdieron US$ 620 en exportaciones sojeras.

El vencimiento original para realizar las presentaciones era el 31 de octubre. El nuevo plazo está previsto en la Resolución General N°5093 publicada este jueves en el Boletín Oficial y contempla además la suspensión de embargos y ejecuciones fiscales hasta el 1 de febrero de 2022. 

“La asistencia prevista por la AFIP contempla un plazo especial para el pago de los anticipos de los impuestos a las ganancias, bienes personales e IVA así como para las obligaciones correspondientes a las contribuciones de la seguridad social, al régimen previsional de trabajadores autónomos y los monotributistas”, comunicó la Agencia.

Nuevos plazos de vencimientos

Los vencimientos y pagos de las declaraciones juradas fijados entre el 27 de julio de 2021 y 31 de enero de 2022, se considerarán cumplidos en término siempre que se efectivicen hasta las fechas que se indican a continuación:

Extensión plazos AFIP por la bajante del Paraná

Aquellos contribuyentes que hubieran optado por el pago mediante débito directo en cuenta bancaria o débito automático en tarjetas de crédito, podrán solicitar la suspensión del débito ante las respectivas instituciones de pago (entidad bancaria o administradora de tarjeta de crédito). 

Los beneficiarios de estas medidas de alivio podrán acceder a través del sitio web de la AFIP con clave fiscal. En “Presentaciones Digitales” deberán optar por el trámite “Zona de Emergencia-Acreditación”. 

LM