El caso del desarrollista Marieschi sumó una multa civil inédita en Córdoba
La Cámara 4ª del Crimen condenó a Marcelo Javier Marieschi a siete años de prisión unificada y ordenó un pago cuantioso a las víctimas. El abogado querellante destacó que el fallo “marca un precedente” por aplicar una sanción civil dentro de un proceso penal por estafas inmobiliarias.
La causa Marieschi volvió a quedar en el centro de la escena judicial cordobesa luego de que la Cámara 4ª del Crimen dictara nuevas condenas por estafas inmobiliarias y aplicara, como novedad, una multa civil por daño punitivo en favor de las víctimas.
Marcelo Javier Marieschi deberá cumplir una pena unificada de siete años de prisión, resultado de la acumulación de este fallo con el dictado en 2023 por asociación ilícita. Tras haber pasado tres años en prisión preventiva, aún le quedan cuatro años pendientes.
También fueron condenados Enrique Marabián por asociación ilícita; estafas reiteradas y tentativa de estafa procesal a 4 años y 5 meses; y su esposa Laura Centeno por estafa y tentativa de estafa procesal a 1 año y 8 meses de prisión (con noticia a la oficina de recursos humanos del Poder Judicial); Luis Damia por 2 hechos de estafas 1 año y 6 meses de prisión y Adrián Benelbas, por estafas reiteradas a 4 años de prisión.
Pedro Despouy, abogado querellante de tres víctimas, explicó que las maniobras investigadas comenzaron entre 2016 y 2017 y se apoyaban principalmente en vínculos de confianza personales. “Eran íntimas amigas de Marieschi. Aprovechándose de esa relación de amistad les propuso inversiones inmobiliarias y ellas entregaron dinero o incluso propiedades, confiando en él”, relató. Y añadió que “aunque exista confianza o cierto descuido, eso no elimina la responsabilidad penal”, refiriéndose a la estrategia de la defensa, la cual planteó negligencia por parte de los afectados al mezclar negocios con amistad.
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El dolo, eje del fallo
Para Despouy, uno de los puntos centrales del juicio fue demostrar que no se trató de negocios fallidos sino de maniobras fraudulentas desde el inicio. “Logramos acreditar junto con la Fiscalía que hubo una intención inicial de defraudar. Al momento mismo de firmar los contratos, los acusados sabían que no iban a cumplir”, afirmó el abogado. En ese sentido, remarcó que durante el proceso se comprobó también un desvío de fondos: “Todo el dinero que aportaban las víctimas nunca se destinó al desarrollo inmobiliario prometido”.
El querellante señaló además que la causa juzgada es apenas una parte de un esquema mucho más amplio. “Estas cuatro víctimas son solo una parte de las varias decenas de damnificados que existen en otros expedientes que todavía siguen investigándose en Delitos Complejos”, indicó.
El daño punitivo, la principal novedad
La resolución judicial incorporó además un elemento poco frecuente en causas penales de Córdoba: la aplicación de daño punitivo. Despuoy explicó que fue un pedido impulsado desde la querella y que el tribunal terminó aceptando. En esta línea, detalló: “Es una multa civil prevista en la Ley de Defensa del Consumidor para situaciones donde existe dolo o culpa grave. Acá hubo una relación de consumo fraudulenta y una intención deliberada de defraudar”. El tribunal fijó una multa total de $75.437.000 que deberá destinarse a los agraviados una vez que la sentencia quede firme.
“El mensaje que deja esta sanción es preventivo y disuasivo. Busca evitar que terceros vuelvan a utilizar estructuras similares para engañar compradores o inversores”, sostuvo el abogado, quien destacó que no encontraron antecedentes similares en tribunales penales provinciales.
Ahora, las condenas quedarán sujetas a las instancias de apelación. Si las defensas recurren en casación, el proceso podría extenderse entre dos y tres años más antes de quedar firme.
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