ASOCIACIÓN ILÍCITA Y ESTAFAS

Generación Zoe: la Cámara del Crimen de Villa María se declaró incompetente y remitió la causa a la Justicia Federal

La decisión se produce un año y medio después de que ya había intervenido cuando declaró nulo el requerimiento de la Fiscalía contra Leonardo Cositorto y el resto de los acusados. ¿Cuáles son las razones por las que el primer expediente que descubrió las maniobras no se juzgará en Villa María?

LEONARDO COSITORTO. La causa de Villa María pasará a la Justicia Federal para ser juzgada. Foto: Cedoc Perfil

La Cámara del Crimen de Villa María resolvió este martes declararse incompetente para continuar interviniendo en la causa por asociación ilícita y estafas vinculada a la organización Generación Zoe, y dispuso su remisión al fuero federal. La decisión llega luego de años de tramitación en la Justicia provincial de esa ciudad del interior provincial y en línea con el criterio fijado recientemente por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

La fiscal de Instrucción Juliana Companys fue la primera en el país en investigar las maniobras. En efecto, el líder Leonardo Cositorto fue detenido por Interpol en República Dominicana por orden de esa Fiscalía.

El fallo de la Cámara —dictado en el marco de un incidente promovido por la defensa de la imputada Julieta Paula Sciutti— concluyó que los hechos investigados forman parte de una maniobra delictiva de alcance interjurisdiccional, lo que torna aplicable la competencia federal.

Un expediente de larga data en la Justicia provincial

La causa principal lleva más de cuatro años tramitándose en la órbita provincial, con eje en las maniobras desplegadas en Villa María y otras localidades cordobesas. En ese contexto, el tribunal ya había advertido inconsistencias en la acusación fiscal: en octubre de 2024, la misma Cámara había declarado nulo el requerimiento de elevación a juicio y ordenado su reformulación.

Sin embargo, pese a ese antecedente, el expediente avanzó en medio de planteos cruzados de las partes sobre la competencia y la validez de la acción penal.

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El impacto del fallo de la Corte Suprema

El punto de inflexión fue la resolución dictada el 26 de febrero de 2026 por la Corte Suprema, que dirimió un conflicto de competencia en la causa nacional radicada en la ciudad de Buenos Aires, vinculada a Generación Zoe y estableció que debía intervenir la Justicia Federal.

A partir de ese pronunciamiento, el fiscal de Cámara Francisco Márquez solicitó la declinatoria de competencia, al entender que la investigación cordobesa reproducía los mismos hechos ya analizados en sede federal y que su continuidad podría vulnerar el principio constitucional de “non bis in idem”, que prohíbe la doble persecución penal por un mismo hecho.

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¿Una única maniobra delictiva?

En su resolución, la Cámara sostuvo que tanto la causa provincial como la federal se refieren a “una única y misma organización criminal” con actuación en múltiples jurisdicciones, dedicada a captar fondos mediante un esquema piramidal con promesas de alta rentabilidad.

El tribunal consideró que fragmentar la investigación entre distintas jurisdicciones podría derivar en decisiones contradictorias y afectar el derecho de defensa de los imputados. Además, remarcó que la existencia de posibles delitos federales —como la intermediación financiera no autorizada— refuerza la competencia de ese fuero.

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Qué implica la decisión

Con este fallo, la Cámara ordenó remitir el expediente al Tribunal Oral Federal que corresponda en la ciudad de Córdoba, donde deberá continuar el proceso. Sin embargo, puede ocurrir que no coincidan con la posición de los vocales villamarienses, en cuyo caso la Corte Suprema tendrá la última palabra. Años atrás la Fiscalía Federal de Villa María rechazó la competencia. 

Los acusados son: Leonardo Nelson Cositorto, Maximiliano Javier Batista, y otros 15 imputados, además de Héctor Luis Yrimia (con situación procesal parcialmente desglosada), Rosa María González Rincón, Ivana Analía Álvarez y Silvio Eduardo Shamne