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Cómo operaba la red que usaba facturas truchas para evadir impuestos y cobrar fondos públicos

La Justicia federal publicó los fundamentos de las penas contra once personas por asociación ilícita fiscal. Los dos organizadores recibieron diez años de prisión, también por lavado de activos.

Fernando Ayala y Walter Pasko, los principales acusados. Foto: Perfil NEA

Un estudio contable, claves fiscales utilizadas sin autorización y una trama de fundaciones, cooperativas y sociedades sin capacidad para realizar las operaciones que facturaban. Esos fueron los componentes de la organización dedicada a la emisión de facturas falsas y al lavado de activos que reconstruyó el Tribunal Oral Criminal Federal de Resistencia. Este lunes, los jueces publicaron los fundamentos de las condenas contra once personas, cuyo veredicto se había anunciado el 7 de agosto.

Las penas más altas recayeron sobre el contador Walter Antonio Pasko y Fernando Adrián Ayala: ambos recibieron diez años de prisión como jefes y organizadores de una asociación ilícita fiscal y autores de lavado de activos. Para el tribunal, las pruebas demostraron una estructura permanente, con funciones distribuidas y capacidad para adaptar sus maniobras cuando comenzaron a ser detectadas.

Los fundamentos describen un perjuicio en dos niveles: la reducción fraudulenta de impuestos nacionales mediante comprobantes falsos y la captación de recursos provinciales por prestaciones que no tenían respaldo en una ejecución real.

 

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El uso de las identidades fiscales de seis clientes

Uno de los mecanismos centrales consistió en utilizar las CUIT y claves fiscales de seis contribuyentes que habían confiado su contabilidad a Pasko. Según estableció el tribunal, desde esas cuentas se emitieron facturas electrónicas por operaciones inexistentes, sin conocimiento ni consentimiento de sus titulares.

El fallo estimó que esos comprobantes alcanzaron unos $192 millones entre mayo de 2019 y 2022, a valores de aquel período. La cifra corresponde a la facturación emitida sin autorización en ese tramo de la maniobra, no al monto total del perjuicio investigado.

Los documentos llegaban a los registros de otros contribuyentes como si acreditaran compras legítimas. De esa manera, permitían incorporar gastos y créditos fiscales ficticios para reducir los pagos de IVA y Ganancias.

Los afectados advirtieron lo ocurrido cuando fueron inspeccionados por el organismo recaudador. Para vincular la emisión de las facturas con la organización, los jueces valoraron también el rastreo de conexiones de internet asociadas con integrantes y domicilios de la estructura.

 

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Entidades sin empleados que facturaban al Estado

La investigación identificó una red de cooperativas, fundaciones y sociedades utilizadas como pantalla. El tribunal destacó que carecían de personal, bienes, insumos o compras compatibles con los servicios que declaraban prestar. También encontró domicilios compartidos y nombres que se repetían en sus órganos de conducción.

Entre las irregularidades aparecieron facturas destinadas a respaldar servicios correspondientes a períodos en los que las entidades emisoras todavía no tenían existencia jurídica formal o inscripción tributaria activa. Los fundamentos mencionan, entre otros casos, a las fundaciones Amarte, Manos de Vida y 24 de Diciembre.

Una parte de los recursos públicos provenía del Instituto de Agricultura Familiar y Economía Popular (IAFEP), un organismo provincial chaqueño, además de ministerios y municipios. Según los jueces, la documentación falsa se utilizaba para justificar cobros que no tenían correspondencia con prestaciones efectivamente realizadas.

 

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El tribunal concluyó que esas coincidencias no podían explicarse como errores contables o deficiencias administrativas: respondían a un funcionamiento coordinado para generar facturación sin respaldo económico real.

El recorrido del dinero y las condenas por lavado

Para acreditar el lavado de activos, los jueces analizaron las diferencias entre los ingresos declarados y los movimientos bancarios, las transferencias, las extracciones de efectivo y las operaciones destinadas a dar apariencia legal al patrimonio.

La sentencia consideró probada una distribución de tareas que incluía la administración contable, la conformación de entidades, la circulación bancaria del dinero y su desvío hacia cuentas personales.

Además de Pasko y Ayala, María José Reinau fue condenada por asociación ilícita fiscal y lavado de activos, con una pena de siete años de prisión. A los tres se les impuso también una multa equivalente a dos veces el monto de la operación, cuya determinación económica deberá completarse en el trámite correspondiente.

 

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Las penas para los otros integrantes

La abogada Diana Yael Daniel recibió seis años de prisión por integrar la asociación ilícita fiscal. Entre los elementos valorados, el tribunal mencionó sus cargos en sociedades de la trama y su desempeño como secretaria general del IAFEP durante parte del período investigado.

Por el mismo delito fueron condenados María Belén Reinau, a cinco años y seis meses; Edith Marisel Ayala, a cinco años; Álvaro Iván Pasko y Jorge Pasko, a cuatro años y seis meses cada uno; y Ariel Ramón Acevedo y Osvaldo Ramón Godoy, a cuatro años cada uno. La pena para Brahim fue de tres años y seis meses.

La sentencia ordenó el decomiso de los bienes que fueron instrumento, producto o beneficio del lavado de activos. Para concretarlo, la Fiscalía y la Unidad de Información Financiera deberán presentar un inventario dentro de los diez días hábiles posteriores a que el pronunciamiento quede firme.