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Feria administrativa en Corrientes: el Gobierno confirmó las fechas de la feria administrativa de invierno

A través del decreto Nº 1544 firmado por el gobernador Juan Pablo Valdés, se establecieron los turnos correspondientes a julio para el personal del sector público.

Casa de Gobierno de Corrientes. Foto: Gentileza.

El Poder Ejecutivo provincial oficializó el cronograma de receso para la administración pública de cara al próximo mes. A través del decreto Nº 1544, rubricado por el gobernador Juan Pablo Valdés, el Gobierno de Corrientes determinó las fechas y las condiciones bajo las cuales se otorgará la feria administrativa de invierno para la totalidad del personal que se desempeña en las diversas reparticiones.

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La medida establece dos turnos centrales de cinco días hábiles cada uno para garantizar la continuidad operativa de los estamentos estatales sin resentir la atención al ciudadano. Las ventanas temporales fijadas por la normativa comprenden, en primer término, la semana del 13 al 17 de julio, mientras que el segundo bloque de licencias se extenderá desde el 20 al 24 de julio.

Como es habitual en estos regímenes de excepción, el decreto gubernamental contempla cláusulas específicas de exclusión para aquellos sectores vinculados a la prestación de servicios esenciales.

En este sentido, se determinó que no podrán suspender sus tareas habituales los agentes pertenecientes a las áreas de seguridad pública, los efectores del sistema de salud pública, el personal del Instituto de Cardiología y las cuadrillas operativas de la Dirección Provincial de Energía de Corrientes (DPEC).

Plazo límite de prórroga para sectores exceptuados

Con el propósito de coordinar el ordenamiento del personal y asegurar las guardias mínimas en aquellas dependencias que registren contingencias o criticidad en sus prestaciones, el instrumento legal contempla un mecanismo de prórroga de carácter restrictivo.

La normativa estipula que aquellos empleados públicos que se vean estrictamente impedidos de hacer uso de su franquicia de descanso en los dos turnos principales establecidos a mediados de mes, quedarán formalmente autorizados a usufructuar el beneficio durante un único lapso de contingencia, comprendido entre el 27 y el 31 de julio.

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Hacia el cierre del articulado del decreto, la administración provincial fijó una pauta de caducidad para evitar la acumulación de licencias no gozadas. Se aclaró de forma taxativa que una vez vencido el plazo extraordinario de finales de julio, los agentes estatales perderán de forma automática el derecho a reclamar los días de descanso, dándose por concluido el período de receso invernal de la administración pública provincial.